Informes especiales

AutorInstituto Mexicano de Contadores Públicos
Páginas161-171

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Generalidades

En los capítulos anteriores se mostraron ejemplos de informes relativos a los estados financieros de empresas que se encuentran obligadas a prepararlos, de acuerdo con las Normas de Información Financiera mexicanas, incluyendo los casos en que, por las circunstancias, el auditor se ve precisado a modificar el texto del informe, ya sea por limitaciones en el alcance de su trabajo o por desviaciones en la aplicación de dichas normas.

En el presente capítulo se muestran ejemplos de informes del Contador Público diferentes a los anteriormente señalados, relativos a los estados financieros de entidades reguladas, e información adicional que en ocasiones es presentada junto con los estados financieros básicos.

A partir de la adopción en México de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), el auditor es responsable de la dirección, supervisión y realización del compromiso de auditoría de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables, así como de que el informe de auditoría que se emita se elabore con base en las consideraciones especiales por las cuales fue contratado, conforme a la NIA 800, Consideraciones especialesauditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, NIA 805, Consideraciones especiales-auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero, y NIA 810, Encargos para informar sobre estados financieros resumidos.

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a) Informe sobre estados financieros de entidades reguladas

Debido a la naturaleza de las actividades que realizan ciertas entidades, estas se encuentran reguladas por organismos gubernamentales o autoridades y, por lo tanto, están sujetas a la preparación de su información inanciera conforme a las reglas que emiten dichos organismos (ver capítulo 12 de este libro).

A continuación se muestra un ejemplo del informe del auditor sobre estados inancieros de entidades paraestatales, preparados de acuerdo con bases especíicas de contabilización, emitidas por un organismo gubernamental federal.

Informe sobre estados inancieros de entidades reguladas del sector público federal

A la Secretaría de la Función Pública

Al H. Órgano de Gobierno de la Entidad

Hemos auditado los estados inancieros adjuntos de Entidad Gubernamental XX, que comprenden los estados de situación inanciera, los estados analíticos del activo y los estados analíticos de la deuda y otros pasivos al 31 de diciembre de 20X4 y 20X3, y los estados de resultado integral (o de actividades), los estados de variaciones en el patrimonio, de lujos de efectivo y de cambios en la situación inanciera, correspondientes a los ejercicios terminados en dichas fechas, así como un resumen de las políticas contables signiicativas y otra información explicativa. Los estados inancieros han sido preparados por la Administración de la Entidad de conformidad con las disposiciones en materia de información inanciera que se indican en la Nota XX a los estados inancieros que se acompañan y que están establecidas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental para el Sector Paraestatal Federal, emitida por la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, en las Normas de Información Financiera mexicanas (NIF), emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF), que son aplicadas de manera supletoria y que fueron autorizadas a la Entidad por dicha Secretaría.

Responsabilidad de la Administración en relación con los estados inancieros

La Administración de la Entidad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados inancieros adjuntos de conformidad con las reglas contables indicadas en el párrafo anterior y que se mencionan en la Nota XX a los estados inancieros que se acompañan, y del control

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interno que la Administración considere necesario para permitir la preparación de estados inancieros libres de desviación importante, debida a fraude o error.

Responsabilidad del auditor

Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados inancieros adjuntos basada en nuestras auditorías. Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internaciones de Auditoría. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planeemos y ejecutemos la auditoría con el in de obtener una seguridad razonable sobre si los estados inancieros están libres de desviación importante.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los importes y la información revelada en los estados inancieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la evaluación de los riesgos de desviación importante en los estados inancieros debida a fraude o error. Al efectuar dicha evaluación del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para la...

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