Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT). Puntos básicos para su llenado y presentación

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Introducción

De acuerdo con el artículo 32, fracciones V y VIII, de la Ley del IVA, los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o las actividades gravadas a la tasa de 0% en el IVA, deben proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, y desglosar el valor de los actos o actividades por tasa a la cual se trasladó o fue trasladado el impuesto, incluyendo actividades por las que el contribuyente no esté obligado al pago. Dicha información se presentará a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda la información.

Al efecto, la regla II.5.5.2 de la RMF para 2013 dispone que la información antes referida se deberá presentar en la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29, "Declaración informativa de operaciones con terceros" (DIOT), contenido en el anexo 1, rubro A, numeral 5, de la citada resolución.

No obstante, a pesar de que la DIOT tiene varios años de que comenzó a utilizarse, aún quedan interrogantes en cuanto a su llenado y presentación; por ello, hacemos énfasis en algunos puntos básicos que se deben considerar al respecto.

Puntos básicos para el llenado y presentación de la DIOT

1. ¿Las personas que realicen exclusivamente actividades exentas del IVA están obligadas a presentar la DIOT mensualmente?

R. No; en este sentido, el artículo 32, fracciones V y VIII, de la Ley del IVA, precisa que sólo los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o las actividades gravadas a la tasa de 0% en el IVA, deben proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, y desglosar el valor de los actos o actividades por tasa a la cual se trasladó o fue trasladado el impuesto, incluyendo actividades por las que no se esté obligado al pago.

2. ¿Debe presentarse la DIOT si durante el mes por declarar no se tuvieron operaciones gravadas con el IVA?

R. Sí, pues la obligación es mensual. Al efecto, para este caso la DIOT contiene una opción denominada "La presenta sin operaciones", como se aprecia en la siguiente imagen:

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Por tanto, en estos casos se deberá seleccionar la opción mencionada y, posteriormente, se proporcionarán los siguientes datos:

Tipo de declaración. Invariablemente se elegirá la opción "Normal".

Periodo. El que corresponda, por ejemplo, enero.

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3. ¿Cuántos tipos de proveedores pueden relacionarse en la DIOT?

R. En la DIOT se pueden relacionar tres tipos de proveedores, según se observa en la imagen:

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a) Proveedor nacional. Son personas físicas y morales residentes en el país o residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.

b) Proveedor extranjero. Son personas físicas y morales residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.

c) Proveedor global. De acuerdo con la regla I.5.5.3 de la RMF para 2013, los contribuyentes podrán no relacionar individualmente a sus proveedores en la DIOT, hasta por un monto que no exceda de 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000 por proveedor. No se consideran incluidos dentro del

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porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, pagados con medios distintos al cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos. Tampoco se consideran incluidas las cantidades vinculadas a la obtención de beneficios fiscales.

Los comprobantes que amparen los gastos en mención deberán reunir los requisitos previstos...

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