Inducción a la aduana

AutorRafael Sosa Carpenter
Páginas61-116

Page 61

Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante el tráfico marítimo, terrestre, ferroviario, aéreo y fluvial, por otros medios de conducción y por la vía postal.

La entrada o salida del territorio nacional de las mercancías, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento, embarque y desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes deberán efectuarse por lugar autorizado en día y hora hábil45.

3. 1 Recintos fiscales y recintos fiscalizados concesionados

Las aduanas, secciones aduaneras, aeropuertos internacionales, cruces fronterizos autorizados, puertos y terminales ferroviarias que cuenten con servicios aduanales son lugares autorizados para realizar la entrada o salida de mercancías del territorio nacional46.

En la Ley Aduanera mexicana, no hay una definición de lo que es una aduana, no obstante el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) realiza una aportación importante al señalar en su artículo 4 (definiciones):

“Los servicios administrativos responsables de la aplicación de la legislación aduanera y de la percepción de los tributos a la importación y a la exportación y que están encargados también de la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos, entre otros, a la importación, al tránsito y a la exportación de mercancías”.

Con lo anterior se puede decir que la aduana es una oficina pública establecida en lugar estratégico (como fronteras, litorales y ciudades importantes del país) con el fin de fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que éstas son transportadas en ellas, funcionando como un filtro para el país porque aquí es el único lugar en el que se puede hacer cumplir de manera inmediata las leyes aplicables a las mercancías como las de seguridad nacional, economía, salubridad,

Page 62

comunicaciones, migratorias, fitosanitarias, entre otras, aparte tiene la función de recaudar impuestos, aprovechamientos y demás derechos en materia de comercio exterior.

A pesar de que el término aduana va más allá de un edificio, lo que no hay duda es que todas las mercancías que llegan a las aduanas deben depositarse en un lugar especial antes de ser destinadas a cualquier tipo de régimen aduanero, para ello existen lugares previamente establecidos para tales fines denominados técnicamente como recintos fiscales o fiscalizados.

Recinto fiscal. Lugar en donde la autoridad aduanera realiza manejo, almacenaje, custodia, carga, descarga, fiscalización, y despacho aduanero de las mercancías de comercio exterior (Artículo 14 de Ley Aduanera).

Recinto fiscalizado concesionado. Inmueble colindante o ubicado dentro de un recinto fiscal, en donde los particulares obtienen una concesión otorgada por el SAT para que presten servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías. (Artículos 14 y 14-A de Ley Aduanera).

Es importante notar que el recinto fiscalizado concesionado guarda una enorme diferencia con el recinto fiscal, porque en el primero no se realiza ni fiscalización ni despacho aduanero, lo cual corresponde a la autoridad.

Un recinto fiscalizado concesionado nace producto de una concesión que se obtiene por veinte años con prórroga a través de una licitación y que debe cumplir con lo siguiente:

- Garantizar cada año el interés fiscal en de las mercancías almacenadas durante el año de calendario anterior.

- Destinar instalaciones para el reconocimiento aduanero de las mercancías.

- Contar con circuito cerrado de TV y sistemas de inventarios enlazados con SAT.

- Permitir almacenamiento de mercancías embargadas o abandonadas por el fisco federal sin que excedan de 20% de la capacidad de almacenaje.

- Pagar mensualmente al SAT el 5% de los ingresos obtenidos por servicios de manejo, almacenaje y custodia de las mercancías del mes anterior.

Page 63

- Permitir la transferencia de las mercancías de un almacén a otro.

- Permitir almacenamiento gratuito de las mercancías a los empresarios de 2 días en importación (si es en aduana marítima el plazo se amplía hasta 7 días) y de 15 días en exportación (puede llegar a 30 días tratándose de minerales).

Muchas aduanas del país cuentan con empresas que almacenan mercancías en los recintos fiscalizados concesionados. En el Apéndice 6 del Anexo 22 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior (RGMCE) vigentes se enlista la aduana, el nombre de la empresa operadora y una clave que se asienta en el pedimento de importación/exportación. Algunos de ellos pertenecen a la Asociación Nacional de Almacenes Fiscalizados, A.C. (http://www.anafac.org).

3.1. 1 Ubicación y secciones aduaneras

Actualmente las aduanas del país suman 49 y éstas se pueden “subdividir” en “secciones aduaneras” que fungen como unidades administrativas con instalaciones aduaneras propias que dependen del Administrador de la Aduana a la que están adscritas y que facilitan despacho aduanero de determinados productos; éstas se establecen en relación con el tráfico de mercancías y al apoyo operativo que requieren las empresas en sus operaciones de comercio exterior. Existen varias secciones tales como: Los Cabos, Loreto, Topolobampo, Culiacán, San Luis Potosí, Puerto Vallarta, Celaya, León, Tlaxcala, Cuernavaca, Campeche y Pantaco. En el Apéndice I del Anexo 22 de las Reglas Generales en Materia de comercio Exterior aparecen las claves de las aduanas y sección aduanera, a continuación un ejemplo.

Page 64

Por otro lado, buscando aclarar la competencia territorial de las aduanas se publicó el “ACUERDO por el que se determina la circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras de las aduanas47como ejemplo aparece lo siguiente.

Puede decirse que las aduanas se ubican en frontera, interior y litorales como sigue:

Page 65

3.1. 2 Horarios

Las Aduanas y secciones aduaneras tienen horarios que aparecen en el Anexo 4 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior vigentes. De igual forma los Administradores de las Aduanas podrán habilitar lugares y días y horas distintos a los autorizados cuando lo amerite. A continuación se muestra un extracto del Anexo 4

Existe la regla 2.1.2 de las Reglas Generales en materia de comercio exterior para 2016 por la que se establece para las aduanas de la frontera norte del país, un horario de lunes a sábado de 9:00 a 12:00 horas para la importación de ciertas mercancías.

Page 66

3.1. 3 Aduanas autorizadas para despacho aduanero de ciertas mercancías

En el anexo 21 de las RGMCE aparece un listado de las aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías, existen dos tipos para importación o para exportación, estas son:

A. Para importación a México destinado a los regímenes aduaneros de importación definitiva, temporal o régimen de recinto fiscalizado

Page 67

B. Para la exportación definitiva

Se elimina la aduana de Coatzacoalcos de la opción de exportación definitiva de productos radioactivos y nucleares, aunque sí está permitida para la importación de estas mercancías.

3.1. 4 Aduanas para ciertos regímenes aduaneros

Tratándose del régimen aduanero de tránsito interno o internacional existen rutas fiscales y aduanas por las que puede circular la mercancía en el país.

El transportista autorizado debe pasar por los puntos de inspección que certifique su traslado en los tiempos estimados por la autoridad que aparecen en el Anexo 15 de las Reglas Generales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR