Indemnización. Salario que debe utilizarse para realizar su pago

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Introducción

En la práctica es muy común que las empresas tengan necesidad de dar por terminado el vínculo laboral con sus trabajadores mediante la figura del despido injustificado.

Ante tal situación, el patrón está obligado a pagar las indemnizaciones que correspondan al trabajador. En estos casos, un elemento que tiene vital importancia es el salario integrado, pues con éste se calculará el monto de la indemnización a los trabajadores.

Precisamos qué es el salario integrado para efectos laborales y el procedimiento para determinarlo para efectos del pago de una indemnización.

Derecho de los trabajadores a una indemnización por despido injustificado

La CPEUM, en su artículo 123, apartado "A", fracción XXII, así como el artículo 48 de la LFT, conceden al trabajador despedido sin causa justificada el derecho de solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje cualquiera de las dos opciones siguientes:

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La primera opción es potestativa del patrón; es decir, puede o no aceptar la reinstalación, pero ante la negativa estará obligado a pagar al trabajador despedido la indemnización prevista en el artículo 50 de la LFT.

La segunda opción tiene el propósito de lograr la subsistencia del trabajador en tanto obtiene una nueva fuente de trabajo.

De manera adicional, existen otras causas de separación de los trabajadores donde la figura de la indemnización hace acto de presencia. Dichas causas son las siguientes:

1. Terminación de la relación de trabajo en caso de incapacidad no profesional (artículos 53, fracción IV , y 54 de la LFT).

2. Suspensión y terminación colectiva de la relación de trabajo (artículo 433 de la LFT).

Salario que debe considerarse para pago de una indemnización

Para fines indemnizatorios, el elemento que tiene vital importancia es el salario integrado para efectos laborales, pues es el punto de partida para calcular el derecho de los trabajadores.

Al respecto, el artículo 89 de la LFT señala que las indemnizaciones previstas en la LFT deben cubrirse con el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84 de la misma ley.

Percepciones que integran el salario base para el pago de indemnización

En términos del artículo 84 de la LFT, las percepciones que forman parte del salario base para calcular una indemnización son las siguientes:

1. Pagos en efectivo por cuota diaria.

2. Gratificaciones.

3. Percepciones.

4. Habitación.

5. Primas.

6. Comisiones.

7. Prestaciones en especie.

8. Cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Características que deben reunir las prestaciones que integran el salario base de indemnización

Para que un pago o cantidad otorgada a un subordinado se considere integrante del salario es necesario que ese concepto cumpla las tres condiciones siguientes:

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Lo anterior lo confirman las tesis aisladas emitidas por la SCJN que a continuación se transcriben:

SALARIO INTEGRADO. CARACTERISTICAS QUE DEBEN REUNIR SUS COMPONENTES PARA QUE FORMEN PARTE DE AQUEL. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en diversos criterios

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jurisprudenciales, ha definido al salario integrado como el conjunto de componentes que, sumados a la cuota diaria percibida por un trabajador, ya sea en dinero o en especie, le significan un beneficio superior al señalado en la ley. Ahora bien, para determinar si un componente del salario es o no parte integrante de él, debe reunir las características siguientes: a) Que se entregue a cambio del trabajo y no para realizar éste; b) Que se perciba de manera ordinaria y permanentemente; c) Que a pesar de resarcir gastos extraordinarios, su pago no se encuentre condicionado a que se efectúen todos ellos, es decir, que la forma en que se encuentre pactado no impida su libre disposición para formar parte del salario de los trabajadores; y, d) La variabilidad no es una característica distintiva en la determinación de integración salarial, esto es, pueden ser variables como las comisiones o gratificaciones. En esta tesitura, de no cumplirse las características anteriores no puede considerarse a la percepción como parte integrante del salario.

Amparo directo 1127/2005. 3 de mayo de 2006, unanimidad en relación con el tema contenido en esta tesis.

Semanario Judicial de la...

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