Efectos de la inconstitucionalidad del artículo 32, fracción XXV, de la Ley del ISR, que prohíbe la deducción de la PTU
Práctica Fiscal › Núm. 461, Febrero 2007
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Práctica Fiscal › Núm. 461, Febrero 2007
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En mayo de 2005, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional al artículo 32, fracción XXV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), que señala que no son deducibles las cantidades que tengan el carácter de participación en la utilidad del contribuyente o estén condicionadas a su obtención, ya sea que correspondan a trabajadores, a miembros del consejo de administración, a obligacionistas o a otros. Respecto a los efectos que produce la concesión del amparo a quienes impugnaron la inconstitucionalidad del artículo 32, fracción XXV, de la Ley del ISR, la SCJN sentó recientemente la jurisprudencia cuyo texto se incluye en esta edición.
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Extracto
Efectos de la inconstitucionalidad del artículo 32, fracción XXV, de la Ley del ISR, que prohíbe la deducción de la PTU
En el artículo 123, fracción IX, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se pone de manifiesto el derecho de los trabajadores a una participación en las utilidades de las empresas (PTU); asimismo, las reglas para la regulación de esta prerrogativa se consi...
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