Inaplicables, las condiciones generales de trabajo cuando la relación colectiva ha concluido para iniciar otra de naturaleza distinta o semejante

Práctica FiscalNúm. 369, Julio 2004

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Abogados Fiscal

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Inaplicables, las condiciones generales de trabajo cuando la relación colectiva ha concluido para iniciar otra de naturaleza distinta o semejante

Cuando un empleador tiene a su servicio un número importante de trabajadores sindicalizados o éstos se encuentran agrupados en uno o varios sindicatos, el artículo 387 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) prevé l...

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