“Los Impuestos después de muerto”

Abogados Civil

Resumen


¿Le gustaría dejar problemas a sus familiares después de su muerte?. Obligaciones fiscales después de la muerte de una persona. El obligado solidario debe presentar el aviso correspondiente. La Muerte no extingue las Obligaciones Fiscales. Se trasmiten por herencia. No se trasmiten por herencia. Las obligaciones no se extinguen con la muerte. Legatario. Nombramiento del albacea. Uno o varios albaceas. Designación del albacea por mayoría de votos. El albacea tiene la obligación de. Código Fiscal de la Federación (CFF) y su Reglamento (RCFF). Aviso de apertura de sucesión. La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo. No obligación de presentar el aviso de suseción. Pluralidad de obligados ante el fisco. Responsabilidad solidaria, sólo puede ser establecida en la ley fiscal. Ley del Impuesto Sobre la Renta. (LISR).Ingresos Exentos para ISR. Opción para los herederos y legatarios de acumular los ingresos para ISR. Bienes recibidos por herencia, no se acumulan para ISR. Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU). Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Liquidación de la sucesión y cancelación del RFC. Comentario final.

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Extracto


“Los Impuestos después de muerto”

En esta vida lo único seguro es el pago de Impuestos y la muerte.

La relación entre contribuyente y SAT no termina con la muerte.

El matrimonio es hasta que la muerte los separe, en algunos casos la relación entre contribuyente y SAT, ni la muerte los separa.

Dios perdona con el arrepentimiento, el SAT no; el SAT sólo con el pago.

Casi nadie desea la muerte, sin embargo tiene que suceder. Algunas personas al morir, dejan por desgracia muchos pendientes por resolver.

¿Le gustaría dejar problemas a sus familiares después de su muerte?

Estoy seguro que no le gustaría. Es por ello, que debemos considerar algunos aspectos importantes ante este acontecimiento y, con ello, reducir la probabilidad de que sus familiares enfrenten su muerte y, además, problemas por la falta de pago de los impuestos.

Obligaciones fiscales después de la muerte de una persona

Cuando una persona que tiene obligaciones fiscales fallece, alguien debe dar a conocer a las autoridades fiscales este acontecimiento; pues de no hacerlo, las autoridades fiscales en principio creerán que se trata de un incumplimiento, en virtud que dejará de presentar sus declaraciones y de pagar sus impuestos. Esta responsabilidad recaerá en sus herederos, puesto que llegada la extinción de la vida de una persona, no se extinguen sus obligaciones.

El obligado solidario debe presentar el aviso correspondiente

La autoridad por su parte, ante el desconocimiento del fallecimiento supondrá o asumirá ...

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