La multa impuesta a un contribuyente que realizó el entero provisional de una contribución pero no pagó los accesorios relativos, es ilegal. Tesis del TFJFA
Práctica Fiscal › Núm. 451, Noviembre 2006
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Recientemente, la Segunda Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) emitió un criterio aislado en el que establece que si las autoridades fiscales imponen una multa al contribuyente por haber realizado el pago provisional de una contribución sin haber enterado los accesorios correspondientes, dicha sanción es ilegal, ya que tal conducta no tipifica la infracción referida en el artículo 81, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación
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Extracto
La multa impuesta a un contribuyente que realizó el entero provisional de una contribución pero no pagó los accesorios relativos, es ilegal. Tesis del TFJFA
El artículo 81, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que se considera infracción relacionada con la obligación de pagar las contribuciones, así como de presentar declaraciones, no efectuar los pagos provisionales de una contribución en los términos de las disposiciones fiscales. Para estos efectos, según el artícul...
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