Impartición discriminatoria de la justicia (un panorama del acceso a la justicia en México y en la región Costas Sur de Jalisco)

AutorEnrique Flores Terríquez
CargoDoctor en ciencias, Profr. - Inv. adscrito al Departamento de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de la Costa Sur /U de G
Páginas2-23

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I Introducción

El tema que se trata, refiere el problema real que viven los justiciables que por tener su domicilio o lugar de residencia distantes de las sedes de los juzgados o tribunales de primera instancia del fuero común, tienen dificultades para acceder al servicio público de administración de justicia. Lo anterior en virtud de una ineficaz e insuficiente localización de los organismos encargados de la función jurisdiccional, en las diferentes regiones. Esta carencia implica en sentido estricto y empírico una vulneración de los principios constitucionales de igualdad ante la ley en cuanto el acceso al servicio de la administración de justicia.

Ejemplo de esto y que puede ser el de cualquier otra región del país, es el que representa una persona que habite en localidades como Pabelo, La Eca, Espinos de Judío o Espinos de Carreón del municipio de Villa Purificación, Jalisco en la llamada Región Costa Sur de Jalisco, quien para acceder a los servicios de la administración de justicia de los juzgados de primera instancia deberá acudir a la ciudad de Autlán, Jalisco.

Citándose casos de personas de otras localidades en condiciones más difíciles o similares, que para acceder al servicio de los tribunales tienen que trasladarse a las correspondientes sedes de sus partidos judiciales, en ésta misma región como lo son Unión de Tula y Cihuatlán.

En el ejemplo de referencia, por la distancia que recorren, el dinero, tiempo y esfuerzo físico que deben invertir para poder Page 3 acceder a los tribunales en ésta región, se interpreta y lo interpretan quienes viven éste problema como un fenómeno de denegación de justicia por omisión del Estado. Además, por esta misma circunstancia viven un trato social y jurídico de desigualdad, impunidad, desaliento y falta de confiabilidad en la función judicial, lo que es propicio para que en ocasiones y de diferentes maneras el individuo se haga justicia por su propia mano.

II Revisión bibliográfica

En revisión de literatura encontramos que tanto la expresión Acceso a la justicia, como el término Región han sido estudiados por investigadores y tratadistas de varios países.

El tema de Acceso a la Justicia ha adquirido gran interés en los últimos años, pues se considera parte de la redefinición del rol del Estado y a éste último, como el elemento principal que debe garantizar los derechos de los individuos. Ello, ha generado un movimiento mundial significativo que busca la realización efectiva de los derechos, como una situación de verdadera trascendencia. Impulsándose con esto, el acceso igualitario y equitativo a la justicia a todos los miembros de la comunidad política de un país, exponiéndose tal situación como uno de los requisitos fundamentales para garantizar la validez y consolidación de cualquier proceso democrático.

Lo anterior aunado a tendencias intelectuales que afirman que la revolución cultural que viven las sociedades democráticas modernas tiene su sustento en la igualdad no meramente formal; sustentándose en aseveraciones de que los sistemas jurídicos Page 4 están llenos de conceptos supranaturales, es decir, conceptos que no pueden ser definidos en términos de experiencia y de los cuales se supone que fluyen decisiones empíricas de todo tipo, por lo tanto, la teoría jurídica moderna presenta un ultimátum a estos conceptos no verificados: Toda palabra que no tenga provisión de fondos en moneda de hechos a la vista, es declarada en quiebra (Olivecrona, 1998)

Los pioneros en la realización de investigaciones empíricas acerca del enfoque "Acceso a la justicia", señalan que ningún aspecto de nuestros sistemas jurídicos modernos es inmune a la crítica. Que la lucha por el acceso a la justicia, como se refleja en los sistemas jurídicos modernos es el punto básico de su trabajo, fruto de un proyecto de cuatro años de investigación comparativa titulado "Proyecto Florencia para el Acceso a la Justicia" (Cappelletti y Garth, 1996). Consistente en señalar el surgimiento y desarrollo de un enfoque nuevo y general a los problemas del acceso a la justicia en las sociedades contemporáneas, mismo que patrocinó la Fundación Ford; presentado en cuatro tomos. El primero de ellos hace referencia a 23 informes nacionales de diversos países que colaboraron en este proyecto, entre ellos México, cuyo informe lo preparó José Ovalle Favela.

El acceso a la justicia, como movimiento intelectual y de investigación, expresa una potente reacción contra la postura dogmático formalista que pretendía identificar el fenómeno jurídico exclusivamente en el complejo de las normas, especialmente de derivación estatal, de un determinado país. Page 5

Propiciando que el dogmatismo jurídico, sea una forma degenerativa del positivismo jurídico que ha conducido a una simplificación irreal del derecho, reduciéndolo a su aspecto normativo, olvidando así los otros elementos, no menos esenciales: sujetos, instituciones, procedimientos; sino que ha llevado también a una simplificación no menos irreal de las tareas y responsabilidades del jurista, juez, abogado, estudioso, tareas que, según dicha posición, deberían limitarse a un mero conocimiento y a la mera aplicación aséptica, pasiva y mecánica de las normas en la vida práctica, en la enseñanza y en el análisis científico (Cappelletti, 1993)

El desarrollo que hace Cappelletti, del tema es amplio, afirma que dicho enfoque generó un movimiento que ha representado en los últimos decenios una significativa expresión, quizás la más importante de una transformación radical del pensamiento jurídico y de las reformas normativas e institucionales en un número creciente de países. Como proyecto de reforma este movimiento plantea la gran responsabilidad del jurista sobre el plano de la elaboración o de la proyección de reformas tales, que respondan precisamente a los criterios de accesibilidad.

El análisis que el movimiento hace de los aspectos jurisdiccionales, tiene como objetivo principal el tratamiento de tres obstáculos que considera significativos por su impacto negativo en el acceso a la justicia: 1) económico, en este se ubica el criterio de que muchas personas no están en aptitud de tener acceso a los tribunales de justicia a causa de su pobreza, por lo que sus derechos corren el riesgo de ser puramente aparentes. 2) el Page 6 obstáculo organizativo, entiende por esto el hecho de que ciertos derechos o intereses colectivos o "difusos" no son eficazmente tutelables si no se realiza una transformación profunda de las reglas e instituciones tradicionales del derecho procesal, que permitan la coordinación y la organización de estos derechos e intereses. 3) el obstáculo propiamente procesal, donde refiere que ciertos tipos tradicionales de procedimientos son inadecuados para cumplir sus diferentes fines de tutela. (Cappelletti, 1993)

En una investigación Chilena denominada "Aportes para la construcción de una nueva política de acceso a la justicia" (Abarca, 2000), se concluye que el acceso a la justicia y la asistencia jurídica, son considerados derechos fundamentales en todas las sociedades modernas, por lo cual cada vez mas se está intentando perfeccionar las criticas sociales en esa materia. Y Por ello, considera que en virtud del anquilosado sistema judicial chileno resulta urgente estudiar y proponer medidas que tiendan a la modernización de la política judicial.

El factor anquilosamiento y muchos otros, han llevado a la población (chilena) a construir una imagen bastante negativa del aparato judicial y de sus protagonistas. Asimismo, se ha generado una sensación de desprotección de aquellas personas de escasos recursos que frente a procesos judiciales no obtienen los recursos que esperan. Señala resultados de investigación que recogen opiniones bastante críticas respecto al poder judicial, debido a la indefensión en que se perciben los sectores más pobres. Según dicha investigación, el 88. 1 % de los entrevistados señaló que la justicia favorece a los que tienen dinero y un 80% opina que los Page 7 procedimientos judiciales son engorrosos y lentos y a la larga igual no se resuelven los problemas. Asimismo, afirma que otros estudios empíricos han arrojado información del sentir de la población desposeída que percibe un mal funcionamiento del sistema judicial y en este caso más de 80% de las...

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