Es ilegal un crédito fiscal derivado de una segunda revisión, si se basa en los mismos hechos y omisiones descubiertos en la primera de ellas. Tesis del TFJFA

Práctica FiscalNúm. 493, Enero 2008

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Es ilegal un crédito fiscal derivado de una segunda revisión, si se basa en los mismos hechos y omisiones descubiertos en la primera de ellas. Tesis del TFJFA

El artículo 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC) establece lo siguiente:

19. Cuando las autoridades fiscales determinen contribuciones omitidas, no podrán llevara cab...

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