¿Los honorarios dentales que se apliquen como deducción personal en la declaración anual del ISR deben pagarse con cheque o por medios electrónicos?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que percibe ingresos por prestar servicios profesionales. De julio a noviembre de 2014, el cliente llevó a su hijo con un dentista, pues le realizaron diversos tratamientos dentales, tales como arreglo de caries y limpieza. Por lo anterior, tuvo que pagar los honorarios correspondientes. Al efecto, para presentarle la declaración anual de 2014 me entregó el comprobante relativo a los honorarios dentales, y me percaté que los pagó en efectivo. Un colega me comentó que para poder deducir dichos honorarios en la declaración de 2014 deben pagarse con cheque o a través de medios electrónicos. Ignoro si esto es verdad.

Lector de Villahermosa, Tabasco

Pregunta

¿Los honorarios dentales que se apliquen como deducción personal en la declaración anual del ISR deben pagarse con cheque o por medios electrónicos?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

El artículo 151, fracción I, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el párrafo anterior, cuando las mismas se...

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