Guía práctica para garantizar el interés fiscal mediante una carta de crédito

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas1-9
Guía práctica para garantizar el interés fiscal
mediante una carta de crédito
¾Lic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Introducción
La necesidad de asegurar la efectiva recaudación de las contribuciones, a fin de no entorpecer la actividad del Esta-
do, ha hecho que los diversos sistemas jurídicos se preocupen por investir al crédito fiscal de garantías para asegurar
su adecuado cumplimiento. El CFF, así como otros ordenamientos en materia tributaria, no es la excepción, ya que
establece múltiples supuestos en los que procede el otorgamiento de garantías para asegurar el interés fiscal. Entre
los supuestos para la procedencia de la garantía, destaca la solicitud de suspensión del procedimiento administrativo
de ejecución y la solicitud de pago en parcialidades; sin embargo, el CFF establece diversas formas o medios para
garantizar ese interés, entre ellos, la fianza, el embargo por la vía administrativa o la hipoteca; no obstante, existen
otros medios que no son tan utilizados por los contribuyentes, pero que pueden operar como un adecuado meca-
nismos para tales efectos.
De esos medios para garantizar el interés fiscal poco socorridos, pero que pueden ser eficaces y de menor costo,
destacan las cartas de crédito. Comentamos las disposiciones que regulan dicha garantía y la secuencia que debe
seguirse para su otorgamiento.
Garantía de las obligaciones fiscales. Naturaleza jurídica
Concepto de garantía
La palabra garantía está estrechamente vinculada con la palabra seguridad; por ello, cuando nos referimos a la ga-
rantía de las obligaciones tributarias también aludimos a la seguridad en el cobro de las obligaciones sustantivas de
pago en materia fiscal. En este sentido, podemos definir la garantía como sigue:
Taller de prácticas
2a. decena de agosto • 2015 1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR