Génesis y transformaciones del contrato en el Derecho Romano
Revista Letras Jurídicas › Núm. 12, Julio 2005
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En este trabajo se pretende determinar el origen del contrato en el derecho romano, vinculándose éste a la génesis de la primitiva obligación y precisar las transformaciones de esta institución a través de los diferentes periodos del desarrollo socio-políticoeconómico del mundo romano, tratando de establecer la noción clásica del contrato.
In this paper it's pretended to determine the origin of contract in roman law, linking it to the genesis of the primitive obligation and precising the transformations of this institution through the different periods of socio-political- economical development of the roman World, trying to establish the classic notion of contract.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Génesis y transformaciones del contrato en el Derecho Romano
1. Origen de las obligaciones contractuales La doctrina romanista ha discutido ampliamente la problemática relativa a establecer la prioridad histórica de las obligaciones ex delicto1 o de las obligaciones ex contractu.2 Al respecto Bonfante3 sostiene que la obligación romana surge en el campo de los delitos. Originariamente el culpable de una lesión habría quedado sometido, de acuerdo con las formas de mancipium o nexum4, a la persona lesionada, pero el reo habría tenido la posibilidad de liberarse sufriendo la pena del Talión o bien pagando una composición -poena-. Es evidente que el autor vincula el origen de la obligación a la introducción de la composición pecuniaria, pero es necesario señalar que la introducción de las composiciones en dinero no se remonta tanto en el tiempo y que el estado de sujeción, de prisión, de sometimiento, no tiene su fundamento en el delito, sino que en cuanto garantiza el pago de la composición, se funda en el acuerdo de voluntades entre el ofendido y el culpable. La obligación primitiva tiene una estructura compleja y no puede ser considerada simplemente como la sanción a un ilícito, la obligación se presenta como un "vínculo resoluble", como una "prisión redimible", como un vínculo de garantía, es decir, la realización de un determinado evento para quien tiene bajo su poder al obligado5. El delito privado en un primer momento, producía solamente el efecto de exponer ...
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