Conozca las características, los efectos y las obligaciones que se generan en las diferentes modalidades del contrato de seguro

Práctica Fiscal

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Resumen


El seguro se define como el contrato por el cual la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista. En términos del artículo 85 de la Ley sobre el Contrato de Seguro (LSCS), podría ser objeto de aseguramiento todo interés que una persona tenga en que no se produzca un siniestro. En este sentido, existe una diversidad de objetos que pueden ser sujetos de aseguramiento; sin embargo, la LSCS sólo considera los contratos de seguros contra daños, contra incendios, de provechos esperados y de ganados, de transporte terrestre, contra responsabilidad y sobre las personas. Para su validez, estos contratos requieren el cumplimiento de los requisitos que señala la LSCS.

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Conozca las características, los efectos y las obligaciones que se generan en las diferentes modalidades del contrato de seguro

El seguro se define como el contrato por el cual la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

La existencia del seguro se remonta a las antiguas civilizaciones en que los seguros eran conocidos con el nombre de contratos a la gruesa y se realizaban principalmente entre banqueros y propietarios de barcos, donde estos últimos solicitaban préstamos a aquéllos para comprar carga y financiar un viaje; este acto se regulaba en un contrato en el que se especificaba que si el barco o la carga se perdían durante el viaje, el préstamo se daba por cancelado.

Posteriormente, en la Edad Media surgió la figura del seguro marítimo, como consecuencia del comercio entre España e Italia.

Por su parte, el seguro de vida tiene sus orígenes en Roma, ya que en esta ciudad las asociaciones religiosas tenían como costumbre recolectar y distribuir fondos entre sus miembros ante la muerte de alguno de ellos; pero fue durante el siglo XIX cuando por las modificaciones en las condiciones de vida derivadas de fenómenos sociales, como la urbanización, industrialización y debilitación de la solidaridad familiar, se vio favorecido el desarrollo de la institución aseguradora, ya que dichos fenómenos generan riesgos.

En México, con objeto de regular esa figura, el 31 de agosto de 1935 se publicó la Ley sobre el Contrato de Seguro (LSCS).

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