La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos

Iuris TantumNúm. 20, Diciembre 2009Estudios varios

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Resumen


1. Presentación. 2. La unidad de fiscalización. 3. Informes de los partidos políticos. Informes Trimestrales. Informes anuales. Informes de precampaña. 4. Procedimiento para la revisión de los informes de los partidos políticos. 5. El régimen sancionador electoral.. 6. Infracciones de los partidos políticos. 7. Sanciones aplicables. 8. Procedimiento de quejas sobre el financiamiento y gasto de los partidos políticos. 9. El procedimiento oficioso.

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La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos

Doctor en Derecho y Profesor en los posgrados en Administración Pública y Derecho Corporativo en la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac, México Norte. Se desempeña como Subcontralor de Asuntos Jurídicos en la Contraloría General del IFE.

1. Presentación

En el marco de la reforma del Estado, se impulsó una reforma electoral que diera respuesta a los problemas y vacíos detectados en el sistema electoral mexicano y consolidara los avances emanados de las reformas realizadas en la materia, en este sentido, con fecha 13 de noviembre del 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que fueron reformados diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre los que se encuentra el artículo 41, el cual se modificó en tres ejes principales: a) la disminución del gasto de campañas electorales; b) el diseño de un nuevo modelo de comunicación entre sociedad y partidos políticos, y c) el fortalecimiento de las atribuciones y facultades de las autoridades federales electorales.

Como parte del fortalecimiento de las atribuciones y facultades de la autoridad electoral federal, con la reforma se elevó a rango constitucional la existencia de un órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, que tiene a su cargo la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos nacionales dotado de autonomía de gestión, se trata de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

En concordancia con esta reforma constitucional con fecha 14 de enero del 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expidió el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), en el que, entre otros aspectos, se regulan las facultades y atribuciones que se le confieren a la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos (Unidad de Fiscalización).

Con esta reforma emanada del acuerdo de las fuerzas políticas del país, -impulsada por el conflicto postelectoral de las elecciones federales del 2006-, se dio respuesta a los reclamos de la sociedad de transparentar el origen y aplicación de los recursos de los partidos políticos, reducir el financiamiento público, así como prevenir que dinero de origen ilícito pudiera utilizarse en las precampañas y campañas electorales por parte de los partidos políticos.

En las dos décadas recientes, el avance en la fiscalización de los recursos de los partidos políticos en México ha sido significativo, en efecto, el Código Federal Elec...

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