Personas morales con fines no lucrativos. Supuestos en que deben pagar el IETU

Práctica FiscalNúm. 521, Octubre 2008

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Resumen


Supuestos en que las personas morales con fines no lucrativos deben pagar el IETU. Supuestos en que las donatarias autorizadas deben pagar el IETU. Escuelas que deben pagar el IETU. Conclusión.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Personas morales con fines no lucrativos. Supuestos en que deben pagar el IETU

De acuerdo con el artículo 1o. de la Ley del IETU, están obligadas al pago de este impuesto las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:

1. Enajenación de bienes.

2. Prestación de servicios independientes.

3. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

No obstante lo anterior, el artículo 4o. de la misma ley dispone que no se paga...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía