Activos fijos, gastos y cargos diferidos, así como gastos preoperativos

AutorManuel Corral Moreno
Páginas217-220

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7.1. Activos Fijos

De una manera similar al Boletín C-6 de los Principios de Contabilidad, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en su artículo 32, define, para efectos fiscales, lo que considera inversiones en bienes de activo fijo.

"ARTICULO 32. ......................................................................

Activo fijo es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones".

7.2. Gastos y Cargos Diferidos

Retomando el artículo 32 de la Ley, la definición que para los gastos y cargos diferidos, para fines fiscales, prácticamente es coincidente con el concepto de activos intangibles como lo establece la NIF C-8 de Normas de Información Financiera, en lo relativo a que representan costos que se incurren o derechos que se adquieren con la intención de que aporten utilidades o mejoras en la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un período limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral; como es el caso de los descuentos en la emisión de obligaciones, los gastos de colocación de valores y los gastos de organización, así como las patentes, las licencias y las marcas registradas.

Los gastos y costos diferidos consisten en que los beneficios que aportan se extienden durante períodos más allá de aquél en que fueron incurri-

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dos, y la diferencia entre ambos la determinan los períodos referidos. En el primer caso será inferior a la duración de la actividad de la empresa y en el segundo será ilimitado, dependiendo de la duración de la actividad de la misma.

7.3. Gastos Preoperativos

En el último párrafo del artículo que se comenta, también se define lo que representan las erogaciones en que una empresa puede incurrir y que se encuentran encaminadas a iniciar sus operaciones en períodos posteriores, tales como aquellas que tienen por objeto la investigación y desarrollo relacionados con el diseño, elaboración, mejoramiento, empaque o distribución de un producto, así como la prestación de...

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