De la fianza

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plazos anticipados, y se pagó el importe total del plazo ya no tendrá
derecho al reembolso.
Facultad del que a título gratuito constituye renta
ARTICULO 7.994. El que constituye a título gratuito una renta so-
bre sus bienes susceptibles de inscripción en el Registro Público de
la Propiedad, puede disponer, al tiempo del otorgamiento, que no
estarán sujetos a gravamen por derecho de un tercero, siempre y
cuando no sea en fraude de acreedores.
Contribuciones por renta vitalicia
ARTICULO 7.995. Lo dispuesto en el artículo anterior no com-
prende las contribuciones.
Renta constituida para alimentos
ARTICULO 7.996. Si la renta se ha constituido para alimentos, no
podrá ser embargada sino en la parte que a juicio del Juez exceda de
la cantidad que sea necesaria para cubrir aquéllos.
Muerte del pensionista
ARTICULO 7.997. Cuando la renta se constituye teniendo como
plazo la vida de un tercero, a la muerte del pensionista, se transmitirá
a sus herederos.
Requisitos para reclamar las pensiones
ARTICULO 7.998. El pensionista sólo puede demandar las pen-
siones, justificando su existencia o la de la persona sobre cuya vida
fue tomada como plazo para la constitución de la renta.
Responsabilidad del que paga renta
ARTICULO 7.999. Si el que paga la renta vitalicia ha causado la
muerte del acreedor o la de aquél sobre cuya vida se considera como
plazo para constituirla, debe devolver el capital al que la constituyó o
a sus herederos.
TITULO DECIMOTERCERO
DE LA FIANZA
CAPITULO I
DE LA FIANZA EN GENERAL
Elementos del contrato de fianza
ARTICULO 7.1000. La fianza es un contrato por el cual una perso-
na se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no
lo hace. Siempre deberá constar por escrito.
Clases de fianza
ARTICULO 7.1001. La fianza puede ser legal, judicial, convencio-
nal, gratuita o a título oneroso.
Personas en cuyo favor puede constituirse

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