La certificación de derechos expedida por el IMSS tiene validez en el juicio laboral, siempre que haya congruencia en los datos que contiene

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Para que un asegurado o sus beneficiarios puedan gozar de las prestaciones tanto en especie como en dinero que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben contar con la certificación de vigencia de derechos, en la cual se determina -como su nombre lo indica- la vigencia en el sistema de derechos y el número de semanas que un derechohabiente ha cotizado tanto en el régimen obligatorio como en el régimen voluntario, pues de acuerdo con el artículo 67 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (Racerf) los derechohabientes que soliciten su registro en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de su adscripción, presentarán al IMSS los documentos probatorios para ejercer el derecho a recibir las prestaciones.

La certificación será solicitada por el trabajador interesado ante la Dirección de Afiliación y Cobranza y Prestaciones Sociales (en la actualidad es la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social), pues en términos del artículo 153, fracción IV, del Reglamento de Organización Interna de Instituto Mexicano del Seguro Social (ROIMSS), es atribución de las subdelegaciones, dentro de su circunscripción territorial, el certificar la vigencia de derechos de los asegurados, a fin de otorgar las prestaciones en especie o en dinero.

Por lo anterior, se puede asumir que cuando la certificación de derechos, es expedida por el jefe de la Dirección de Afiliación y Cobranza y Prestaciones Sociales, actualmente director de incorporación y recaudación del seguro social, tiene validez absoluta, ya que este funcionario utilizando la información existente en dicha dirección está en posibilidad de conocer todos y cada uno de los elementos necesarios para hacer constar las semanas de cotización reconocidas a un trabajador por el IMSS.

Ahora bien, cuando la certificación de vigencia de derechos se ha expedido y acredita el derecho a gozar de alguna prestación, ya sea en especie o en dinero, y ésta es negada por el IMSS, el trabajador puede acudir ante un tribunal e iniciar un juicio laboral para demandar su otorgamiento, pues hay que considerar que dicho ducumento constituye la prueba idónea para acreditar los hechos sin necesidad alguna de exhibir los avisos de alta y baja del asegurado o el pago de las cuotas respectivas.

Para que la certificación de vigencia de derechos sea válida; es decir, cuente con la eficacia probatoria, es necesario que los...

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