¿Estamos ante los estertores de la prisión preventiva?

Revista El Mundo del AbogadoNúm. 150, Octubre 2011

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Resumen


El sistema de prisión preventiva en México viola los derechos humanos a la libertad personal y a la presunción de inocencia, porque se impone como regla a partir de la clasificación del delito imputado y no como consecuencia de un ejercicio judicial que analice las circunstancias del caso concreto. La facultad que ahora tendrán los jueces para aplicar de forma directa los tratados internacionales en materia de derechos humanos implicará un parteaguas para esta medida.

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Extracto


¿Estamos ante los estertores de la prisión preventiva?

Con base en el control difuso de la constitucionalidad y la convencionalidad, y en aplicación del recientemente reformado artículo 1° de la Constitución General, los jueces de cualquier fuero pueden inaplicar el sistema constitucional y legal de prisión preventiva para adoptar el establecido en las convenciones de derechos humanos. Lo anterior, en aplicación de los principios pro homine, de progresividad, universalidad, interdependencia e indivisibilidad.

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