Las multas que se establecen entre rangos mínimos y máximos no violan la garantía de seguridad jurídica. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN

Práctica FiscalNúm. 496, Febrero 2008

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Las multas que se establecen entre rangos mínimos y máximos no violan la garantía de seguridad jurídica. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN

En el CFF, un gran número de multas a las infracciones señaladas en este ordenamiento se establecen entre rangos de mínimos y máximos; un ejemplo es el siguiente:

El artículo 81, fracción I, de dicho código estipula lo siguiente:

81. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, s...

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