Errores comunes en las asambleas y sugerencias

AutorRené Ruiz Rojas
Cargo del AutorContador Público egresado del Instituto de Estudios Superiores de Chiapas
Páginas87-91

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La idea central del presente capítulo es mostrarle al lector los errores comunes en las asambleas del tipo que sean. Lo que se ventilará es independiente de que los errores hayan trascendido al ámbito económico, pero puede generar suspicacias jurídicas en un futuro muy cercano. Quizás la lectura de este capítulo provoque pena por evidenciar lo ordinario que somos en el actuar corporativo, pero el interés al igual es sugerir algunas cuestiones prácticas que minimicen esos vicios, en consecuencia, no queremos herir ninguna susceptibilidad.

En consecuencia, los errores los clasificaremos en 3 tipos:

1. Antes de la Asamblea.

2. Durante la Asamblea.

3. Después de la Asamblea.

Antes de la asamblea

Publicación de la convocatoria. Sobre este punto suele restársele importancia a la publicación. Generalmente se infiere que todos los socios o accionistas actúan de buena fe y el ambiente de cordialidad que permea hace suponer que en ningún momento habrá controversia ante tribunales. Además puede resultar oneroso el desembolso que tiene que hacerse para cumplir con este vital requisito, pero creemos que las razones expuestas no justifican el incumplimiento de la publicación, máxime que por disposición de la ley la no publicación puede traer consigo que la asamblea resulte nula. Hemos aprendido con el paso de los años que este requisito se minimiza o bien, simplemente no se cumple, pero al igual la experiencia nos ha enseñado que la ausencia del mismo ha sido razón para entablar un juicio con un alto grado de éxito para quienes habiéndose cerciorado de que la publicación no se realizó.

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Recomendamos primeramente que en los estatutos se convenga la no publicación, asimismo, que se reúnan los elementos legales y materiales que eviten cosechar las consecuencias jurídicas, que generalmente impactan en la parte económica.

Estados financieros. En el caso de la asamblea ordinaria que es la facultada para el análisis, discusión y en su caso la aprobación de los estados financieros, si bien puede ser que se convoque para ello, pero debemos recordar que la costumbre nos ha marcado para pensar que únicamente se refiere al balance general y al estado de resultado, pero esto no es cierto, ya que por disposición de la ley, además de los citados las empresas deben poner a disposición de los socios o accionistas el estado de cambios en la situación financiera, así como el estado que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social y las notas que sean necesarias para completar o aclarar la información, comentario que puede tomarse como un capricho del autor, pero nos ha tocado vivir el hecho que por no contar con la información mencionada, ha provocado que la asamblea se aplace su resolución por falta de la información, prórroga que tiene el sustento legal para ello.

Informe...

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