Conforme a las reformas a la LSS en materia de outsourcing, ¿cuándo debe enviarse el primer informe trimestral de los contratos celebrados entre el patrón y el beneficiario de los servicios subcontratados?

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Soy administrador de una empresa que presta servicios de personal a terceros (outsourcing). Como se sabe, el pasado 9 de julio el IMSS publicó diversas reformas a la LSS en materia de outsourcing, entre las cuales se modificó el artículo 15-A a fin de establecer la obligación para el patrón y el beneficiario de los servicios de outsourcing contratados, de comunicar de manera trimestral en la subdelegación que corresponda al domicilio fiscal, la información acerca de los contratos celebrados; sin embargo, según el artículo antes mencionado esa información debe presentarse los primeros 15 días de los meses de enero, abril, julio y octubre.

Como me enteré de las modificaciones que se habían realizado a la LSS dos días después de que venció el plazo para presentar la información de los contratos celebrados en el tercer trimestre, es decir, a más tardar el 15 de julio, desconozco qué puedo hacer en este momento, si puedo presentar el informe de manera extemporánea y si el IMSS podría sancionarme por ello.

Lector de México, DF

Pregunta

Conforme a las reformas a la LSS en materia de outsourcing, ¿cuándo debe enviarse el primer informe trimestral de los contratos celebrados entre el patrón y el beneficiario de los servicios subcontratados?

Respuesta

En efecto, mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado en el DOF el 9 de julio, que entró en vigor de manera general el 10 de julio, se modificó el artículo 15-A, para establecer en su párrafo quinto que tanto la empresa prestadora de servicios de outsourcing como la empresa beneficiaria de los mismos deberán comunicar de manera trimestral ante la subdelegación del IMSS que corresponda, dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre, en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate, la información siguiente:

  1. De las partes del contrato: nombre, denominación o razón social; clase de persona moral de que se trate, en su caso; objeto social; domicilio social, fiscal y, en su caso, convencional para efectos del contrato; número del RFC y de registro patronal ante el IMSS; datos de su acta constitutiva, tales como número de escritura pública, fecha, nombre del notario público que da fe de la misma, número de la notaría y ciudad a la que corresponde, sección, partida, volumen, foja o folio mercantil, en su caso, y fecha de inscripción en el Registro Público de...

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