Empresas constructoras que celebran contratos de construcción

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas29-68

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1. Tipos de contratos de construcción
Fundamento: Boletín D-7 de las NIF

Las NIF que regulan la construcción o fabricación de ciertos bienes de capital presuponen la existencia de un acuerdo contractual para realizar esta actividad, ya que conforme a dichas normas, el contrato es el que da la pauta para el reconocimiento de los ingresos y los costos inherentes en los registros contables.

El contrato de construcción se define como el que se negocia específicamente para la construcción o fabricación de un activo o de una combinación de activos íntimamente relacionados o interdependientes, en términos de su diseño, tecnología y función, o su último propósito o uso.

Como ejemplos de contratos de construcción de un activo se encuentran, entre otros, los de la construcción o fabricación de:

  1. Puentes.

  2. Edificios.

  3. Embarcaciones.

  4. Caminos.

    Como ejemplos de contratos de construcción de un grupo de activos se encuentran, entre otros, los de la construcción o fabricación de:

  5. Refinerías.

  6. Partes de una planta o equipo.

  7. Conjuntos habitacionales.

  8. Conjuntos industriales.

    En términos generales, los contratos de construcción son aquellos para la:

  9. Construcción física de activos.

  10. Prestación de servicios que están directamente relacionados con la construcción de un activo, entre otros:

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    1. Servicios de administración de proyecto.

    2. Servicios de ingeniería técnica.

    3. Diseños arquitectónicos.

  11. Destrucción, inclusive demolición, y restauración de activos y su entorno.

  12. Fabricación o producción de ciertos bienes de capital.

    Es importante señalar que dentro de estos últimos no deben considerarse los siguientes:

  13. Contratos que impliquen ventas de un fabricante de bienes producidos en una operación de fabricación estandarizada (como ejemplo, automóviles), incluso si se producen conforme a especificaciones del cliente.

  14. Contratos de proveeduría para el suministro de bienes de inventario o provenientes de una producción homogénea continua, en un determinado tiempo.

    Los tipos básicos de contratos de construcción que enumeran las NIF son los que a continuación se mencionan:

Contrato a precio fijo o alzado

Mediante éste, el contratista conviene un monto invariable por el contrato (precio fijo total por la obra), no sujeto a ajustes que deriven de los costos incurridos por el contratista.

Contrato a precios unitarios

Las características de este contrato son las siguientes:

  1. Se paga al contratista un importe específico por cada unidad de trabajo que se realiza.

  2. En esencia, el contrato se negocia a precio fijo y su única variable son las unidades de trabajo realizadas.

  3. Normalmente, el contrato se adjudica sobre la base de un precio total, mismo que es la suma de las unidades específicas por sus precios unitarios.

Cabe destacar que la forma en que se determina el precio total del contrato puede ocasionar precios unitarios desbalanceados a medida que el trabajo progresa, debido a que a algunas unidades previamente cuantificadas pudieron habérseles asignado con precios más altos, en comparación con las unidades pendientes de entregar.

Contrato de costo más comisión (sobre la base de costos más cantidad convenida)

Mediante éste, el contratista recibe el reembolso de los costos permitidos, definidos en el contrato, más un por ciento de estos o una cuota fija, que representa una utilidad.

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Contrato por administración

Este último se verifica cuando el contratista se encarga de la administración del proyecto y de que los trabajos sean realizados.

En ocasiones, el contratista es el que efectúa las erogaciones por cuenta y a nombre del cliente y, en otras, el cliente las paga directamente. Por lo tanto, los pagos que deben cubrirse al contratista son:

  1. Los honorarios definidos (incluyendo la utilidad).

  2. Las erogaciones (cuando el contratista paga y solicita su reembolso al cliente). En ningún caso dichas erogaciones formarán parte de los costos del contratista.

    Los contratos de construcción pueden adoptar las modalidades que se indican a continuación y, en ocasiones, combinarse entre sí:

  3. Llave en mano.

    En esta modalidad el contratista se compromete a entregar una instalación ya probada y que esté operando en forma plena. El cliente contrata un proyecto integral (ingeniería, procuración y construcción, así como pruebas, puesta en marcha y/o financiamiento, si así se requiere).

    El pago total fijo que debe efectuarse al contratista es por la obra o servicio totalmente terminado y ejecutado en el plazo establecido. La transmisión legal de la propiedad se realiza hasta que esté aceptado el equipo y sea operado por el cliente.

  4. Por concesión a término (construir, operar y transferir).

    El contratista debe financiar, construir y operar por medio de una concesión o licencia y, finalmente, transferir el activo del contrato.

  5. Incentivo por desempeño.

    Mediante esta modalidad se incorpora un incentivo para el contratista con el fin de sobrepasar los objetivos definidos de ejecución de obra, por medio de incrementos en la utilidad, o bien, mediante decrementos a la misma (o castigos por incumplimiento), si es que no alcanza dichos objetivos.

  6. Niveles de esfuerzo.

    Se obliga al contratista a dedicar un determinado nivel de esfuerzo en un periodo definido de tiempo, por un importe fijo. Los contratos por niveles de esfuerzo son proyectos que usualmente se refieren a la investigación o estudio de un área específica.

  7. Procuración.

    Mediante esta modalidad, los pagos al contratista están en función del costo de materiales u otros costos especificados, más un por ciento de utilidad.

  8. Ingeniería y/o construcción.

    Los pagos al contratista se efectúan sobre la base de horas laborales directas conforme a tarifas fijas por hora, las cuales cubren el costo de mano de obra directa, gastos indirectos y la utilidad.

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  9. Escalación de costos y/o precios.

    En esta modalidad se incluye una cláusula contractual que permite ajustes a los precios de artículos específicos o cambios en las condiciones. Ejemplo: una cláusula que establece modificaciones a los precios por inflación.

2. Reconocimiento y valuación de los ingresos y costos
Generalidades

Fundamento: Boletín D-7 de las NIF.

El reconocimiento contable de las operaciones relativas a los contratos de construcción es, en esencia, un proceso que cuantifica y distribuye el resultado de las operaciones que se verifican en la construcción de una obra.

Dicho resultado debe asignarse a distintos periodos contables, con base en la utilización de estimados de ingresos, costos y ganancias o pérdidas.

El estimado representa el presupuesto de los ingresos y los costos totales de la obra establecidos en un contrato y su addenda.

Cabe destacar que las NIF de realización y periodo contable son los factores que fundamentan la contabilización de los contratos de construcción en el largo plazo.

Ahora bien, con el fin de asignar el resultado de las operaciones de construcción en los diversos periodos contables, se deben seguir los principios siguientes:

  1. El ingreso debe reconocerse en forma periódica conforme se ejecuta o progresa la construcción, como si se tratara de una venta continua.

  2. Los costos del contrato se deben identificar, cuantificar, estimar y acumular con un grado razonable de exactitud.

  3. Para efectos de los numerales anteriores, se debe utilizar el método de por ciento de avance.

  4. El método de por ciento de avance consiste en identificar el ingreso con los costos incurridos para alcanzar la etapa de avance de terminación del proyecto, resultando en el registro de ingresos, costos y ganancia o pérdida, que deben ser atribuidos a la proporción de trabajo terminado al cierre del periodo contable.

  5. La aplicación de este método debe realizarse por separado a cada contrato de construcción. Lo anterior, debido a que las NIF presumen que cada contrato constituye un centro de utilidad para el reconocimiento del ingreso, la acumulación del costo y la cuantificación de la ganancia o pérdida. No obstante, bajo ciertas condiciones, los criterios se podrán aplicar a partes de un contrato o a un grupo de contratos.

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    Con el fin de comprender cabalmente la metodología del reconocimiento y valuación de los ingresos y costos de los contratos de construcción, analizaremos los conceptos siguientes conforme a las NIF:

  6. Centro de utilidad

    El centro de utilidad es el que delimita el ámbito de acumulación del ingreso, del costo y de la utilidad, derivados de un contrato de construcción, de una porción del mismo, de un grupo de contratos o de contratos para la construcción de un activo adicional.

    Dicha identificación procede en los términos siguientes:

  7. Sobre las partes de un contrato de construcción.

    En el caso de que un contrato cubra más de un activo, la construcción de cada uno de ellos debe ser tratada como un centro de utilidad por separado, siempre que:

    1. Se hayan sometido propuestas separadas para cada activo.

    2. Cada activo debió haber sido sujeto a una negociación por separado y el contratista y el cliente hayan tenido la capacidad de aceptar...

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