Cierre fiscal del IETU del ejercicio 2012. Consideraciones para llevarlo a cabo. Marco teórico

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De acuerdo con la Ley del IETU, este impuesto se causa mediante el esquema de flujo de efectivo, es decir, los ingresos se gravan cuando efectivamente se cobran y las deducciones se consideran cuando efectivamente se pagan.

Por lo anterior, es importante que los contribuyentes tomen en cuenta esta situación a fin de que preparen el cierre fiscal del IETU del ejercicio de 2012 de manera adecuada; en este sentido, se recomienda observar lo siguiente:

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Según se observa, contrario a lo que sucede con el ISR, en el IETU el cierre del ejercicio no tiene muchas complicaciones, pues la acumulación de ingresos y la aplicación de deducciones se sujetan, en términos generales, al flujo de efectivo.

Por otra parte, se recomienda que los contribuyentes consideren lo previsto en el artículo 11 de la Ley del IETU y el artículo 21, fracción II, numeral 2, de la LIF para 2012 en relación con el crédito fiscal de erogaciones superiores a los ingresos, en los términos siguientes (énfasis añadido):

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Ley del IETU

11. Cuando el monto de las deducciones auto-rizadas por esta Ley sea mayor a los ingresos gravados por la misma percibidos en el ejercicio, los contribuyentes tendrán derecho a un crédito fiscal por el monto que resulte de aplicar la tasa establecida en el artículo 1o. de la misma a la diferencia entre las deducciones autorizadas por esta Ley y los ingresos percibidos en el ejercicio.

El crédito fiscal que se determine en los términos del párrafo anterior se podrá acreditar por el contribuyente contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio en los términos del artículo 8o. de esta Ley, así como contra los pagos provisionales en los términos del artículo 10 de la misma, en los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo. (...)

El monto del crédito fiscal a que se refiere este artículo podrá acreditarse por el contribuyente contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se generó el crédito. El monto del crédito fiscal que se hubiera acreditado contra el impuesto sobre la renta en los términos de este párrafo, ya no podrá acreditarse contra el impuesto empresarial a tasa única y la aplicación del mismo no dará derecho a devolución alguna.

Ley de Ingresos de la Federación para 2012

21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. En materia del Impuesto Empresarial a Tasa Unica:

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2. Para los efectos del artículo 11, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, el monto del crédito fiscal a que se refiere dicho artículo no podrá acreditarse por el...

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