El embargo en el procedimiento administrativo de ejecución y el embargo en la vía administrativa, tienen el mismo efecto para suspender el cobro de los créditos fiscales. Tesis del TFJFA

Práctica FiscalNúm. 481, Septiembre 2007

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El embargo en el procedimiento administrativo de ejecución y el embargo en la vía administrativa, tienen el mismo efecto para suspender el cobro de los créditos fiscales. Tesis del TFJFA

Cuando los contribuyentes no cumplen con la obligación de contribuir a los gastos públicos debido a la omisión en el pago de los impuestos a los que están obligados, la autoridad tributaria está facultada para exigir los créditos fiscales a su favor a través del procedimiento administrativo de ejecución (PAE).

A este efecto, la autoridad recaudadora tiene obligación de seguir las reglas mencionadas en la ley para aplicar el PAE. Por tanto, dicho procedimiento se manifiesta como una garantía para el contribuyente de que el fisco federal no actuará de manera arbitraria y discrecional en el cobro del impuesto, sino que lo hará mediante una serie de pasos previamente señalados en...

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