El hecho de que no se efectúe retención del ISR a trabajadores que perciben el salario mínimo, no viola el artículo 123 de la CPEUM. Jurisprudencias de la Segunda Sala de la SCJN

Práctica FiscalNúm. 487, Noviembre 2007

Enlazado como:
Abogados Procesal

Resumen


En sesión privada del 29 de agosto de 2007, la Segunda Sala de la SCJN emitió tres tesis de jurisprudencia referentes a los contribuyentes que realizan actividades gravadas a la tasa de 0% del IVA y con los que efectúan actividades exentas del pago del impuesto.

La primera de ellas establece que el tratamiento otorgado por la Ley del IVA para efectos del acreditamiento no puede ser el mismo para los regímenes de la tasa de 0% y para el de las exenciones establecidos en ella.

La segunda jurisprudencia indica los motivos por los cuales a ciertos sectores de la economía se les exenta del pago del IVA y a otros se les aplica la tasa de 0%.

La última jurisprudencia concluye que el hecho de que los contribuyentes con actividades exentas del IVA no puedan acreditar el impuesto pagado en la adquisición de sus insumos, no transgrede el principio de proporcionalidad tributaria.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


El hecho de que no se efectúe retención del ISR a trabajadores que perciben el salario mínimo, no viola el artículo 123 de la CPEUM. Jurisprudencias de la Segunda Sala de la SCJN

El artículo 123, apartado A, fracción VIII, de la CPEUM, establece lo siguiente:

123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y so-cialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento.

Como se aprecia, el artículo señalado es...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía