Deducción de pérdidas por créditos incobrables, ¿es posible efectuarla aunque no se pueda localizar al deudor para notificarle que se va a ejercer la misma?

Práctica FiscalNúm. 481, Septiembre 2007

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Deducción de pérdidas por créditos incobrables, ¿es posible efectuarla aunque no se pueda localizar al deudor para notificarle que se va a ejercer la misma?

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