Efecto de la reforma fiscal en el dictamen del Contador Público Registrado

AutorFernando Taboada Solares
CargoSocio de AMASC Auditores y Consultores, S.C. Miembro de RCG Net Consulting, S.C. Integrante de SMS Latinoamérica. Tesorero de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT
Páginas24-26
contaduriapublica.org.mx
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Como todos sabemos el dictamen scal fue creado mediante un Decreto Presidencial, en el mes
de abril de 1959, junto con la entonces Dirección de Auditoría Fiscal, así como con el Registro
de Contadores Públicos. El principal objetivo planteado era la colaboración de los Contadores
Públicos Registrados (CPR) para vericar el cumplimiento de las obligaciones scales de los
contribuyentes dictaminados en forma voluntaria
Fernando Taboada Solares
EFECTO DE LA
REFORMA FISCAL
EN EL DICTAMEN
DEL CONTADOR PÚBLICO
REGISTRADO
A
partir del año de 1990 se establ eció la obligato-
riedad del dictamen fis cal para los ejercicios que
concluyeran durante ese año, situación que gen e-
ró una mayor demanda de los servicios prof esio-
nales de la Contaduría Pública, en vir tud de la obligatorie-
dad del dictamen fisc al.
El 30 de junio de 2010, también mediante un Decreto
Presidencial se publicó el Decreto de Fac ilidades Adminis-
trativas en materia de Simplific ación Tributaria, el cual da
la opción a los contribuyentes obligados a dic taminarse a
no presentar el dict amen fiscal, en vez de ello presentar la
información alternativa al dic tamen fiscal; mientras que
en el año 2011 se cumplieron los primeros 50 años del
dictamen fiscal, lo c ual denotaba la confianza que se tenía
en la Contaduría Pública.
PROPUE STA PRES ENTADA
En la presentación de la propues ta presentada por el Po-
der Ejecutivo el día 8 de septiembre del pre sente año, se
propuso la eliminación del dictamen fis cal, a partir del co-
nocimiento de la misma, toda la Contaduría Pública inic ió
mediante sus representantes del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos y de todos sus col egios federados,
una campaña para revertir es ta situación.
Derivado de los cabildeos llev ados a cabo y considerando
que, tanto en la Comisión de Hacienda como en el Ple-
no de la Cámara de Senadores, fue ne cesario someter a
votación las modificac iones propuestas y aceptadas en
relación con el dictamen fis cal, y hoy analizaremos los
resultados obtenidos.
DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL
FEDERAL
El Art. 32-A que entrará en vigor el próximo 1 de enero
de 2014, establece que podrán dict aminarse los contribu-
yentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan ob -
tenido ingresos acumulables para efec tos del impuesto
sobre la renta, superiores a $100´000,0 00, que tengan
activos, conforme a la s Reglas de Carácter General que
emitirá el SAT, superiores a $79´000,00 0, o que, por lo
menos, hayan tenido trecientos tr abajadores en cada uno
de los meses del año anterior.

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