Procede el pago de la prima de antigüedad a trabajadores que se separen con motivo de jubilación o pensión
Práctica Fiscal › Núm. 588, Agosto 2010
Enlazado como:
Práctica Fiscal › Núm. 588, Agosto 2010
Enlazado como:Resumen
Según el artículo 162 de la LFT, los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad (...)
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Procede el pago de la prima de antigüedad a trabajadores que se separen con motivo de jubilación o pensión
Según el artículo 162 de la LFT, los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de acuerdo con las normas siguientes: 1. La prima de antigüedad consistirá en el importe de 12 días de salario por cada año de servicios. 2. La cantidad que se tomará como base para determinar el monto de...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Éntrale al quelite | Aviso REF:322582 | Hace Dafne de la cocina una bella experiencia | Espuma al coctel | resolucion de 20 de septiembre de 2004, de la delegación provincial de jaén, por la que se hace pública la relación de... | keiko larez, plaintiff-appellee and cross-appellant, v. william holcomb, defendant-appella... | sentencia nº 432/2007 de ap alicante sección 3ª july 17 2007 | sentencia nº 691/2008 de tsj comunidad de madrid (madrid), sala de lo contencioso, may 29, 2008