Visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales. Debe asentarse en el acta que el lugar se encuentra abierto al público en general. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN

Práctica FiscalNúm. 546, Junio 2009

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Abogados Fiscal

Resumen


Mediante tesis de jurisprudencia, la Segunda Sala de la SCJN resolvió que de acuerdo con el principio de legalidad de los actos de autoridad, en el acta de visita domiciliaria que tenga por objeto verificar la expedición de comprobantes fiscales, deberá circunstanciarse el hecho de que el lugar visitado se encuentra abierto al público en general, así como los medios que utilizó el visitador para comprobarlo, pues de no hacerlo, dicha omisión traería como consecuencia la invalidez del acta de visita, así como de los demás actos que de ésta deriven.

Conozca la jurisprudencia citada.

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Extracto


Visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales. Debe asentarse en el acta que el lugar se encuentra abierto al público en general. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN

El artículo 42, fracción V, del CFF estipula lo siguiente (énfasis añadido):

42. Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobarla comisión de delito...

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