Disposiciones aplicables para la presentación del dictamen fiscal 2008

Práctica FiscalNúm. 545, Junio 2009

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Abogados Fiscal

Resumen


Está próxima la fecha para dar cumplimiento a la obligación de presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio de 2008 a través del Sistema de Presentación del Dictamen 2008 (Sipred'2008), siempre que los contribuyentes se encuentren obligados o que hayan optado por hacer dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales conforme al artículo 32-A del CFF.

Al respecto, recopilamos las principales disposiciones tributarias para dar cumplimiento a dicha obligación.

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Extracto


Disposiciones aplicables para la presentación del dictamen fiscal 2008

Está próxima la fecha para dar cumplimiento a la obligación de presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio de 2008 a través del Sistema de Presentación del Dictamen 2008 (Sipred'2008), siempre que los contribuyentes se encuentren obligados o que hayan optado por hacer dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales conforme al artículo 32-A del CFF.

Estos contribuyentes deberán presentar el Sipred'2008 así como la información y documentación correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, a más tardar el 30 de junio del año en curso; al respecto, recopilamos las principales disposiciones fiscales para dar cumplimiento a dicha obligación.

Personas obligadas a presentar el dictamen para efectos fiscales

Conforme al artículo 32-A del CFF, los contribuyentes que deben presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales son los siguientes:

1. Los obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales, los cuales conforme al citado artículo son los siguientes:

a) Las personas físicas que realicen actividades empresariales y las personas morales, cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

- Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34'803,950.

- Que el valor de su activo determinado de acuerdo con la Ley del IA sea superior a $69'607,920.

- Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

Las cifras referidas son las que debió haber tenido el contribuyente en el ejercicio fiscal de 2007, para estar obligado a dictaminar el ejercicio de 2008.

b) Las personas autorizadas a recibir donativos de-ducibles, en términos de la Ley del ISR.

c...

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