Disminuya la carga financiera de los pagos provisionales del impuesto al activo, si en 2005 no goza de la exención de este impuesto. Marco teórico
Práctica Fiscal › Núm. 415, Noviembre 2005
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Entero proporcional de los pagos provisionales del IA conforme a decreto. Pagos provisionales de IA en los términos de la Ley del IA. Acreditamientos que se pueden realizar contra el pago provisional de IA. Compensación universal. Conclusión. Caso 1. Pago provisional de IA correspondiente a septiembre, calculado conforme al decreto. Caso 2. Cálculo de la diferencia de ISR que se podrá acreditar adicionalmente contra los pagos provisionales de IA. Caso 3. Compensación de saldos a favor de IVA de meses anteriores contra los pagos de IA de enero a agosto de 2005.
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Disminuya la carga financiera de los pagos provisionales del impuesto al activo, si en 2005 no goza de la exención de este impuesto. Marco teórico
En el DOF del pasado 11 de octubre, la SHCP dio a conocer el Decreto por el que se exime del pago del impuesto al activo y se otorgan diversas facilidades administrativas a los contribuyentes que se mencionan (decreto), el cual beneficia a las personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio de 2004 no hubieran excedido de $4'000,000. Como puede apreciarse, se reduce en forma importante el límite de ingresos para tener derecho a esta exención y, por otra parte, sólo se concede a las personas físicas; en estas condiciones, algunos de los contribuyentes que en ejercicios anteriores habían estado exentos del pago del impuesto al activo (IA), dejaron de estarlo en el ejercicio de 2005. Por esto, consideramos importante que los contribuyentes que en el ejercicio de 2005 ya no estén exentos de pagar este impuesto, tengan presentes los acreditamientos que pueden hacer en los pagos provisionales de IA, las modalidades que existen para efectuar dichos pagos y la compensación que se puede aplicar contra éstos, a fin de minimizar la carga financiera que el cumplimiento de esta obligación puede generar en ellos. Entero proporcional de los pagos provisionales del IA conforme a decreto De acuerdo con el artículo segundo del decreto, los contribuyentes que estuvieron exentos de pagar el IA en el ejercicio de 2004 (conforme al artículo octavo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se mencionan, publicado en el DOF del 5 de abril de 2004), que no hubieran efectuado los pagos provisionales de IA correspondientes a los meses de enero a agosto de 2005, podrán optar por enterar de mane...
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