C?digo Fiscal de la Federaci?n. VII-P-2aS-477

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506
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA SECCIÓN
VII-P-2aS-477
RECURSO DE REVOCACIÓN INTERPUESTO EN CONTRA DE
RESOLUCIONES DICTADAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS EMI-
TIDAS EN LA MISMA INSTANCIA ADMINISTRATIVA. PROCEDE
establece que en el caso de resoluciones dictadas en cumplimiento de las
emitidas en recursos administrativos, el contribuyente podrá impugnar di-
cho acto, por una sola vez, a través de la misma vía. En ese sentido, si en la
contienda administrativa quedó demostrado que el actor del juicio interpuso
recurso de revocación en contra de un acto administrativo que cumplimenta-
ba, por segunda vez, una resolución dictada en ese medio de defensa, resulta
improcedente y, por tanto, debe desecharse por contravenir el artículo 125
del Código Fiscal de la Federación. En este tenor, el desechamiento del
recurso se ajusta a derecho, puesto que de admitir a trámite dicho medio de
defensa por segunda ocasión, los recursos se tornarían ociosos y perpetuos
en tanto la autoridad nunca lo resolvería a favor de la recurrente o esta lo
utilizaría como un mero mecanismo dilatorio para vetar el cumplimiento
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Juicio Contencioso Administrativo Núm. 898/12-16-01-8/AC1/1039/13-
S2-10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 5 de septiembre de
2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena
Adame.- Secretario: Lic. José Raymundo Rentería Hernández.
(Tesis aprobada en sesión de 16 de enero de 2014)
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Índices
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- LOS ACCIONANTES EN CONTRA DEL DE-
SECHAMIENTO DEL RECURSO DE REVOCACIÓN.- En ambos
juicios hacen valer lo siguiente:
[N.E. Se omiten imágenes]
LA ACCIONANTE AL AMPLIAR LA DEMANDA DEL JUI-
CIO ATRAYENTE 898/12-16-01-8, SEÑALÓ LO SIGUIENTE:
[N.E. Se omiten imágenes]
POR SU PARTE, LA ENJUICIANTE DEL JUICIO ATRAÍDO
899/12-16-01-1 AL AMPLIAR LA DEMANDA, MANIFESTÓ:
[N.E. Se omiten imágenes]
AHORA BIEN, LA ENJUICIADA AL REFUTAR EL ÚNICO
CONCEPTO DE IMPUGNACIÓN, PLANTEADO EN LA DEMAN-
DA INICIAL EN CONTRA DEL DESECHAMIENTO DEL RECUR-
SO, SEÑALÓ:
[N.E. Se omiten imágenes]
ASIMISMO, LA ENJUICIADA AL REFUTAR LOS ARGU-
MENTOS DE LA ACCIONANTE AL AMPLIAR LA DEMAN-
DA, DEL JUICIO ATRAYENTE 898/12-16-01-8, SEÑALÓ LO SI-
GUIENTE:
[N.E. Se omiten imágenes]
POR SU PARTE, LA ENJUICIADA AL REFUTAR LOS AR-
GUMENTOS DE LA ENJUCIANTE AL AMPLIAR LA DEMANDA
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