Efectos de los dictámenes fiscales de 2003 presentados extemporáneamente

Práctica FiscalNúm. 378, Octubre 2004

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Efectos de los dictámenes fiscales de 2003 presentados extemporáneamente

En el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) se indica qué contribuyentes están obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales por contador público autorizado; asimismo, se establecen los lineamientos que deben seguir aquellos contribuyentes que sin estar obligados opten por efectuar el dictamen citado.

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