Dictamen IMSS. Guía para presentarlo en septiembre

Práctica FiscalNúm. 589, Septiembre 2010

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Abogados Fiscal

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Marco teórico - Caso práctico

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Dictamen IMSS. Guía para presentarlo en septiembre

Marco teórico

De acuerdo con el artículo 16 de la LSS, los patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, deben dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por contador público autorizado.

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En este sentido, el promedio anual se obtiene de dividir entre 12 el total de aquellos trabajadores que resulten de sumar los que en cada mes del ejercicio fiscal inmediato anterior hubieran prestado servicios al patrón, considerando todos los registros patronales que haya asignado el IMSS.

Asimismo, los patrones que no se ubiquen en la situación obligatoria antedicha podrán optar por dictaminar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social por contador público autorizado. De esta manera, el patrón podrá dictaminarse tanto en forma obligatoria como voluntaria.

Las normas aplicables en el dictamen de las obligaciones patronales en materia de seguridad social se consignan en el Racerf, el cual incluye las disposiciones aplicables tanto al dictamen obligatorio como al voluntario.

En este sentido, el artículo 156 del Racerf dispone que los patrones obligados a dictaminarse y los que de manera voluntaria hayan decidido hacerlo, debieron presentar el aviso para dictaminar a más tardar el 30 de abril de 2010; sin embargo, cabe observar que cuando exista orden de visita domiciliaria o requerimiento al patrón, y éste, sin tener obligación, decida dictaminarse por contador público autorizado, el IMSS recibirá en cualquier fecha el aviso patronal para formular el dictamen, en términos del artículo 175 del Racerf.

Aquellos patrones obligados a dictaminarse deberán presentar al IMSS, a más tardar el 30 de septiembre, mediante cuadernillo impreso o por conducto del Sistema único de dictamen (Sudi), el dictamen por contador público donde se consigne el cumplimiento de sus obligaciones por el ejercicio anual 2009.

Tipos de dictamen

Conforme a la LSS, existen dos tipos de dictamen:

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