¿Cómo determinan la base para el pago del ISR anual las personas físicas que obtienen ingresos exclusivamente por concepto de dividendos provenientes de la Cu fin y de la Cufinre?

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Me dedico a prestar servicios de asesoría fiscal de manera independiente. Entre mis clientes está una persona física que es accionista de una persona moral residente en territorio nacional, y que durante el ejercicio fiscal de 2003 percibió exclusivamente dividendos, los cuales provinieron de la cuenta de utilidad fiscal neta (Cufin), y de la cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida (Cufinre).

Tengo entendido que estos ingresos deben acumularse en la declaración anual; no obstante, como la sociedad que los distribuyó no pagó ISR por tales dividendos, ignoro cómo determinar la base para el pago del impuesto anual.

Lector de Puebla, Puebla

Pregunta

¿Cómo determinan la base del impuesto anual las personas físicas que obtuvieron ingresos exclusivamente por dividendos provenientes de la Cufin y de la Cufinre?

Respuesta

En el artículo 165 de la Ley del ISR se establece que las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos, los percibidos por dividendos o utilidades.

Asimismo, se indica que estas personas físicas podrán acreditar, contra el impuesto que se determine en su declaración anual, el ISR pagado por la sociedad que distribuyó los dividendos o utilidades, siempre que quien efectúe el acreditamiento considere ingreso acumulable, además del dividendo o utilidad percibido, el monto del ISR pagado por esa sociedad correspondiente al dividendo o utilidad percibido y además cuente con la constancia a que se refiere el artículo 86, fracción XIV, de la Ley del ISR.

Es importante señalar que en términos del artículo 11 de la Ley del ISR, no se causará este impuesto por los dividendos distribuidos provenientes del saldo de la Cufin y de la Cufinre, en virtud de que las utilidades que originan los dividendos pagaron el impuesto correspondiente al momento de determinar el resultado del ejercicio de la persona moral que los distribuyó.

Por tanto, consideramos que las personas físicas que...

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