Determinación de la base del impuesto en enajenación de bienes

AutorE. Campero Guerrero; J. Pérez Chavez; R. Fol Olguin
Caso 19 Planteamiento Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA causado en la enajenación de bienes

DATOS

Precio o contraprestación pactado del bien 4,500

Intereses 445

Penas convencionales 82

Fletes 220

Impuesto al valor agregado 787

FORMULA

1o. Para determinar la base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA.

Precio pactado del bien

(+) Impuestos

(+) Intereses

(+) Derechos

(+) Penas convencionales

(+) Cualquier otro concepto que se cobre al adquirente

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA

SUSTITUCION

1o. Determinación de la base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA.

Precio pactado del bien 4,500

(+) Intereses 445

(+) Penas convencionales 82

(+) Fletes 220

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA 5,247

COMENTARIOS

De manera general podemos decir que cuando se realicen enajenaciones por las que se deba pagar el IVA, la base del impuesto se obtendrá de sumar al precio o contraprestación pactado del bien, cualquier cantidad que se cobre al adquirente por concepto de impuestos (excepto los retenidos y el mismo IVA), derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y otros.

REFERENCIA

Art. 12.

Caso 20 Planteamiento Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un camión usado, adquirido de una persona física que no traslada el IVA en forma expresa y por separado

DATOS

Precio o contraprestación pactado del bien 99,000

Intereses 5,520

Fletes 2,232

Equipo adicional 11,250

Costo de adquisición del vehículo 77,000

FORMULA

1o. Para determinar la base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA.

Precio o contraprestación pactado del bien

(+) Impuestos

(+) Intereses

(+) Derechos

(+) Penas convencionales

(+) Cualquier otro concepto que se cobre al adquirente

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA

(-) Costo de adquisición del vehículo

(=) Base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA

(cuando el resultado sea positivo)

SUSTITUCION

1o. Determinación de la base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA.

Precio o contraprestación pactado del bien 99,000

(+) Intereses 5,520

(+) Fletes 2,232

(+) Equipo adicional 11,250

(=) Base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA 118,002

(-) Costo de adquisición del vehículo 77,000

(=) Base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA 41,002

COMENTARIOS

En el caso de la enajenación de automóviles o camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el IVA, para determinar la base sobre la que debe calcularse el impuesto, podrá restarse a la base del impuesto determinada en los términos del artículo 12 de la LIVA, el costo de adquisición del vehículo, sin incluir los gastos por reparaciones y mejoras a dicho bien.

Para que las personas que hayan adquirido este tipo de vehículos puedan aplicar el procedimiento señalado, deben cumplir con lo siguiente:

  1. Efectuar el pago por la adquisición del vehículo, con cheque nominativo a nombre del enajenante.

  2. Conservar copia de la factura original del vehículo, de una identificación oficial del enajenante y de los demás documentos en los que consten los datos siguientes:

*Nombre, domicilio y, en su caso, RFC del enajenante.

*Marca, tipo, año, modelo, número de motor y serie de la carrocería del vehículo.

Lo indicado en este caso práctico es aplicable a las personas morales y físicas que realicen actividades empresariales, ya que cuando la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA, se realice por personas físicas que no realicen actividades empresariales, no se tendrá obligación de pagar el IVA.

REFERENCIA

Arts. 9o., fracción IVA y 12, LIVA; 27, RIVA; 16, CFF.

Caso 21 Planteamiento Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un automóvil usado, adquirido de una persona física que no traslada el IVA en forma expresa y por separado, cuando previo a su enajenación se realizaron reparaciones y mejoras al vehículo

DATOS

Precio o contraprestación pactado del bien 45,000

Intereses 2,945

Fletes 1,735

Equipo adicional 3,500

Costo de adquisición del vehículo 19,000

Reparaciones 2,950

Mejoras 5,700

FORMULA

1o. Para determinar la base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA.

Precio o contraprestación pactado del bien

(+) Impuestos

(+) Intereses

(+) Derechos

(+) Penas convencionales

(+) Cualquier otro concepto que se cobre al adquirente

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA

(-) Costo de adquisición del vehículo

(=) Base del impuesto por la enajenación de vehículos usados adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA (cuando el resultado sea positivo)

SUSTITUCION

1o. Determinación de la base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA.

Precio o contraprestación pactado del bien 45,000

(+) Intereses 2,945

(+) Fletes 1,735

(+) Equipo adicional 3,500

(=) Base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA 53,180

(-) Costo de adquisición del vehículo 19,000

(=) Base del impuesto por la enajenación de vehículos usados, adquiridos de personas físicas que no trasladan en forma expresa y por separado el IVA 34,180

COMENTARIOS

Cuando previo a la enajenación de un vehículo que fue adquirido de una persona física que no traslade el IVA en forma expresa y por separado, se le realicen reparaciones o mejoras, el importe de éstas no debe considerarse dentro del costo de adquisición del mismo para efectos de determinar la base sobre la que se calculará este impuesto; en todo caso, el IVA que haya sido trasladado por tales gastos puede acreditarse conforme a lo dispuesto en el artículo 4o. de la LIVA.

REFERENCIA

Arts. 12, LIVA; 27, RIVA.

Caso 22 Planteamiento Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA generado por una operación de ventas a plazos o un contrato de arrendamiento financiero

DATOS

Precio o contraprestación pactado del bien 4,500

Intereses 445

Penas convencionales 82

Fletes 220

FORMULA

1o. Para determinar la base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA.

Precio o contraprestación pactado del bien

(+) Impuestos

(+) Intereses

(+) Derechos

(+) Penas convencionales

(+) Cualquier otro concepto que se cobre al adquirente

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA

SUSTITUCION

1o. Determinación de la base del impuesto según el artículo 12 de la LIVA.

Precio o contraprestación pactado del bien 4,500

(+) Intereses 445

(+) Penas convencionales 82

(+) Fletes 220

(=) Base del impuesto según el art. 12 de la LIVA 5,247

COMENTARIOS

Esta es la forma en la que debe determinarse la base del IVA en operaciones de ventas a plazos o de arrendamiento financiero; cabe señalar que el impuesto deberá pagarse en el momento en el que efectivamente se cobren las contraprestaciones pactadas y sobre el...

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