Discriminación de los derechos humanos de las personas con VIH/SIDA en México

AutorEduardo Humberto Cuevas Ríos
Páginas15-49
Eduardo Humberto Cuevas Ríos
Discriminación de los derechos humanos de las personas con / en México

Resumen
El autor realiza un análisis sobre la discriminación de los derechos hu-
manos de las personas que viven con el Virus de la Inmunodef‌iciencia
Humana/Síndrome de Inmunodef‌iciencia Adquirida ( por
parte de los servicios de salud en México. Expone las garantías que,
desde el enfoque de los derechos humanos, deben tener dichas per-
sonas, con referencia de casos de responsabilidad civil. Plantea que
los servicios de salud en México son responsables de discriminar a
personas con : el  (Instituto Mexicano del Seguro Social)
representa  % de las quejas ante la Comisión Nacional de Derechos
Humanos () y  % de ellas se debe a la omisión de tratamientos
y de medicamentos antirretrovirales. Aporta en sus conclusiones que
durante los últimos tres años, se ha quintuplicado el gasto público
en comunicación en desmedro del presupuesto para , lo que
vulnera el principio de progresividad del derecho a la salud.
Palabras claves: discriminación, , pandemia, derechos hu-
manos y salud.
Abstract
The author develops an analysis about the discrimination on 
 pacients human rights, encouraged by the health services in
Mexico; he states the rights that these pacients must have from the
point of view of the human rights as well, with a reference to cases
of civil liability. It is stated that the health services in Mexico are res-
ponsible of discrimining  pacients, where  represents 
percent of the complaints before the ; and the  % of them is
due to the omission of antiretroviral medication and treatment; he
has come to the conclusion that during the last three years the ex-
penses in communication have been increased f‌ive times provoking
a huge decrease on the budget destined to , which infringes
the principle of increase on the right to health.
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:
Dignitas 24, enero-abril 
A FONDO

Key words: discrimination, , pandemic, human rights and
health.
Introducción
Después de más de  años de que se conocieran los primeros casos
de , las personas afectadas han sufrido violaciones a los dere-
chos humanos, siendo discriminadas de diversas maneras: tratos
ofensivos, sometimiento a las pruebas de detección del virus sin
consentimiento, negación de servicios médicos o la omisión de acceso
a medicamentos indispensables para el cuidado de la salud y aisla-
mientos arbitrarios en hospitales.
En el marco de la conmemoración del  de diciembre como el
Día Mundial de la Lucha contra el , el Centro Nacional para la
Prevención y Control del  () informó que durante
 se habían registrado  casos de contagio en México y, según
el Registro Nacional de Casos de , del total de contagios,  %
corresponde a mujeres y  % son hombres, con un total de  mil
 casos en el país.
Por otra parte, además de constituir un serio problema de sa-
lud pública, el  es también uno de violación de derechos
humanos, debido a que desde el comienzo de esta enfermedad,
af‌loraron innumerables prejuicios, estigmas y falsas creencias que
se tradujeron en discriminación, y México lamentablemente no
escapa de esta realidad. En la actualidad, el  representa  %
de las denuncias por hechos violatorios relacionados fundamen-
talmente con la negación de prestación de servicios médicos a los
pacientes con , así como la omisión de medicamentos an-
tirretrovirales. Además, el gasto en comunicación durante los últi-
En  había unos  millones de personas infectadas por el  (las cifras osci-
lan entre , y , millones). En África subsahariana, donde uno de cada  adultos
está infectado por el , es la región más afectada, % de la población mundial
-positiva vive en esta región, según estimaciones de la  ().
Eduardo Humberto Cuevas Ríos
Discriminación de los derechos humanos de las personas con / en México

mos años se ha quintuplicado en desmedro del tratamiento médico
directo a los personas con .
En la segunda parte de este trabajo, se muestra un contenido
conceptual más integral de la salud y se enfatiza que el reconocimien-
to de ésta como derecho humano tiene consecuencias en el actuar
de los Estados; de hecho, la def‌inición de salud establecida en docu-
mentos internacionales incorpora una participación protagónica por
parte del Estado. Enseguida, se analizan brevemente algunos casos
emblemáticos en América Latina sobre la vulneración de tal derecho
ante sus respectivos tribunales, acerca de la no entrega necesaria y
oportuna de medicamentos para las personas que viven con ,
resolviéndose muchos de ellos de manera favorable; así como de la
adopción por parte la Comisión Interamericana de medidas caute-
lares contra varios países. Sin embargo, la ausencia durante  años
de un protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales ( que posibilite las quejas
individuales sobre violaciones a este documento, ha complicado la
justiciabilidad y la exigibilidad debidas. No obstante, los Estados no
pueden deshacer sus compromisos internacionales de manera unila-
teral referidos a los derechos económicos, sociales y culturales (),
en virtud del principio de progresividad y de no regresión.
En el desarrollo del tercer apartado, se aborda la discrimina-
ción para referir tanto su etimología como el marco conceptual del
derecho a no padecerla; bajo el entendido de que antes de def‌inir
qué es no discriminar, conviene establecer un doble vínculo con el
principio de igualdad que Ronald Dworkin —de manera magistral
y sintética— explica: “el derecho a ser tratado igual, que consiste en
el derecho a una distribución igual de alguna oportunidad, recurso
o carga y el derecho a ser tratado como un igual, que es el derecho
no a recibir la misma distribución de alguna carga o benef‌icio, sino
a ser tratado con el mismo respeto y atención que cualquiera otro”
(Dworkin, : ).
Finalmente, el cuarto apartado se ref‌iere a la discriminación y
 en México con una breve pincelada histórica desde el pri-
mer caso diagnosticado en , país donde la forma de contagio

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