La enseñanza del derecho en Veracruz 1825-2007

AutorMaría del Pilar Espinosa Torres
CargoInvestigadora Jubilada de la Universidad Veracruzana
Páginas2-11

Conferencia dictada el 10 de noviembre de 2007 en el Colegio de Notarios de Veracruz en Xalapa, con motivo del 50 Aniversario de la Generación 1953-1957 de la Facultad de Derecho de la UV.

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1. Antecedentes de la enseñanza jurídica en el estado

Frecuentemente se nos pide a la maestra Marta Silvia Moreno y Luce y a mi, colaboraciones sobre dos libros en coautoría y uno mío, sobre la historia de la escuela y facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana. Recientemente se publicó una segunda edición de uno de ellos, Microhistoria de la escuela y facultad de derecho de la Universidad Veracruzana, los otros están agotados.1 Por ello en esta ocasión elaboramos esta síntesis actualizada y adicionada.2

Los resultados de las investigaciones que presentamos se iniciaron cuando en 1970, al elaborar mi tesis de derecho romano, buscaba la fecha en que se había impartido la cátedra por primera vez. Recurrí a la Secretaría de la Facultad, pidiendo los planes anteriores al mío, y sólo tenían los dos últimos. En ese entonces encontré que tampoco se sabía con precisión cuando había surgido la institución. Pláticas informales hablaban de los años treinta citando recurrentemente el nombre del licenciado Manuel Aparicio Gúido. Esas inquietudes quedaron archivadas. Más tarde la fortuna me permitió participar en la creación del Instituto de Investigaciones Jurídicas junto a queridos maestros. Entonces, con el visto bueno del licenciado Joaquín Carrillo Patraca, director de ese centro, así como la autorización y estímulo del recordado licenciado Abel Escobar Ladrón de Guevara, director de la Facultad, retomé la investigación sobre los antecedentes educativos en el estado, tema que desde entonces no dejo ni el me deja y que por suerte también atrapó a Marta Silvia Moreno y Luce, amiga familiar y maestra. Page 3

Como arqueóloga jurídica hice trabajo de pico y pala localizando documentos y rastreando huellas, intentando presentar coherente y sistemáticamente la evolución de la reglamentación sobre la profesión en el estado. La maestra Marta Silvia Moreno y Luce, gracias a su excelente preparación profesional y gran cultura, ha pulido, ampliado y perfeccionado el material. Muchos maestros y alumnos de diferentes épocas, a través de valiosos testimonios le han aportado el calor humano. El hilo llegó hasta inicios del México Independiente.

La historia de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana puede dividirse en dos grandes etapas, la primera, iniciada en el siglo XIX, relativa a los antecedentes de la enseñanza jurídica en el estado, mezclada con la reglamentación para el ejercicio de la profesión, la segunda a partir del siglo XX, cuando se establece formalmente la Escuela de Derecho del Estado. Trataré de referirme brevemente a estos dos periodos.

2. Primera etapa Siglo XIX

En 1825 se reglamentaba el otorgamiento del grado de abogado sin especificar detalladamente en donde o cómo se estudiaba. Según los decretos localizados era un examen ante un jurado que podía ser de simples "instruidos en el derecho," según la opinión pública o funcionarios con experiencia. Al año siguiente se expide otro decreto en el cual en dos escuetos artículos se dice que los estudios "en la teoría de la jurisprudencia" podrían haberse hecho en cualquier universidad o colegio de la república, (tiempo y materias según cada uno) y haber practicado 4 horas por lo menos durante 3 años. El 27 de abril de 1829 se expide una autorización "a los abogados de las repúblicas americanas para ejercer la abogacía en el Estado".3 Ya en 1830 se mencionaban dos exámenes, el primero ante el Juez de Primera Instancia y dos letrados y el segundo ante el Ministro Superior de Justicia, el Juez de Segunda Instancia y el Fiscal. Eso después de tres años de estudio en la "teoría del derecho" y el mismo tiempo de práctica. En 1843 se publica el Plan General de Estudios de la República Mexicana en el que se especifica las materias tanto de los estudios preparatorios del foro (6) como los requisitos de los exámenes. Aquí se empieza a hablar de los Colegios de Abogados o de los Departamentos (creados poco después en Veracruz) ante los que, a partir de esta fecha se presentaba el primer examen. Otro Plan General de Estudios se expide en 1854 al que debían someterse las instituciones de los Departamentos. Un sometimiento relativo porque según datos recabados, en Orizaba se trataba más de armonizar los estudios de jurisprudencia con el Seminario de Puebla. Las Page 4 especificaciones son mayores en este Plan respecto a estudios, requisitos y ejercicio, llama la atención que para la Facultad (sic) de Jurisprudencia había que ingresar como Bachiller en Filosofía y cursarla en 8 años. Después del 4º se obtenía el grado de Bachiller en leyes y cánones, finalizando el 7º, el de licenciado en leyes y después del 8º, el de doctor.

Ya nuevamente dentro del federalismo, en 1856 el Gobernador Manuel Gutiérrez Zamora expide un decreto en que sólo se ratifica los anteriores. Años después, en 1870 se crea en Xalapa, una Academia de Jurisprudencia, análoga a la ya existente en Orizaba desde 1854, misma que por decreto cambia su denominación al año siguiente a Colegio de Abogados,4 el cual tenía entre sus atribuciones examinar a los candidatos, revisar los códigos vigentes y enviar a la Legislatura las observaciones correspondientes, subsistiendo la Academia, dependiente de este, en donde se realizaban los estudios teóricos. En 1872 se promulga por el Gobernador Manuel Hernández y Hernández, otro Reglamento de Estudios y Exámenes en el que es relevante mencionar la disposición de la expedición del título profesional por el Ejecutivo.

Como refiere el maestro Ángel Hermida, la existencia de ese Colegio sufrió muchos avatares, propia de la época de conflictos militares, asonadas y levantamientos que ocasionaban cambios de sede para el gobierno estatal, así en 1878 registra ese autor otro decreto por el cual se reinstala el H. Colegio de Abogados.5

El C. Gobernador Apolinar Castillo, da a conocer en 1883, la Ley Reglamentaria número 35 del 5 de julio, "Sobre estudios y exámenes para la carrera de Jurisprudencia", estando radicados los poderes en la ciudad de Orizaba. Como ya mencionamos, con anterioridad se habían aplicado planes, (la mayoría de las veces sólo listado de materias) , generales para toda la república.

En el año de 1885 es declarado insubsistente el Colegio de Abogados del Estado y consecuentemente suprimidas sus atribuciones oficiales, entre ellas la obligación de poner su sello a los...

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