Delitos

Revista Letras Jurídicas Núm. 3, Enero 2001

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Resumen


1.- Noción de Delito. 2.- Las acciones provenientes del delito. 3.- Los Crimina. 4.- Nuevas figuras criminales creadas en la época imperial. 5.- Derecho Justinianeo. Literatura:

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Extracto


Delitos

UGO BRASIELLO, "Delitti (diritto romano)" en Enciclopedia del diritto, Vol., XII, Giufré, Milano, 1964, pp. 3-8

1.- Noción de Delito.

No es posible describir el "delito" en el derecho romano sin valorar la concepción que los romanos tuvieron del acto ilícito, y sin situarse en su ángulo visual bastante diverso al moderno.

En el derecho moderno la idea de "delito" se vincula al campo del derecho penal y el > no se entiende sino como el conjunto de ilícitos que se siguen con persecución pública, llevada a acabo por el Estado a través de sus órganos y que conllevan a una pena definitiva, que recae en una persona, o en su vida, en los ordenamientos en donde existe la pena de muerte, o en su libertad personal o en sus bienes, o, eventualmente, en las posibles manifestaciones de su actividad. Las innumerables especies delictivas pertenecen, todas al campo del derecho público.

En el derecho privado, el acto ilícito se considera solamente en relación al daño. Prescindiéndose de la idea del hecho punible penalmente, y por tanto de la pena, el Código Civil considera ilícito civil (art. 2043) cualquier hecho, doloso ó culposo, que ocasione a los demás un daño injusto; hecho que es generador de una obligación (de acto ilícito), que tiene como objeto el resarcimiento del daño.

Profundamente diversa es la conc...

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