No deje pasar el plazo para solicitar la disminución de sus pagos provisionales de ISR e IA Marco teórico
Práctica Fiscal › Núm. 439, Julio 2006
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Introducción. Disminución de pagos provisionales de ISR. Contribuyentes que pueden solicitar la disminución de los pagos provisionales. Plazo para presentar el formato 34. Documentación necesaria para llevar a cabo el trámite. Lugar para presentar la solicitud de disminución. Repercusiones al final del ejercicio. Disminución de pagos provisionales de IA. Contribuyentes que pueden solicitar la disminución de sus pagos provisionales. Periodo por el cual se puede solicitar la disminución. Requisitos que deben cubrirse para solicitar la disminución de los pagos provisionales. Plazo para presentar la solicitud de autorización. Documentación necesaria para efectuar la solicitud de disminución. Lugar para presentar la solicitud de disminución. Repercusiones al final del ejercicio. Conclusión. Casos prácticos.
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No deje pasar el plazo para solicitar la disminución de sus pagos provisionales de ISR e IA Marco teórico
Introducción En ocasiones, las empresas se ven afectadas por montos demasiado elevados de los pagos provisionales, lo cual se ve reflejado en la descapitalización de las mismas. Adicionalmente, al hacer una proyección de los pagos provisionales, las organizaciones se percatan de que a nivel anual pueden resultar pagos en exceso, lo cual les propiciará al final del ejercicio un saldo a favor. Por este motivo, las disposiciones fiscales permiten que los contribuyentes soliciten la disminución de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta (ISR) y del impuesto al activo (IA), aplicando lo establecido en los artículos 15, fracción II, de la Ley del LISR y 18 del Reglamento de la Ley del IA. Al efecto, se comentan los lineamientos relacionados con dicha solicitud y que pueden ayudar a tomar la decisión correcta con respecto a la disminución de los pagos provisionales en forma oportuna. Disminución de pagos provisionales de ISR Contribuyentes que pueden solicitar la disminución de los pagos provisionales El artículo 15, fracción II, de la Ley del ISR dispone que únicamente las personas morales que estimen que el coeficiente que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos, podrán solicitar la disminución respectiva. En el formato 34 "Solicitud de autorización para disminuir el monto de pagos provisionales" se indica que las personas morales que tributen en el régimen simplificado no podrán solicitar la disminución de los pagos provisionales...
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