¿Se puede deducir para el ISR el pago del hospedaje a empleados dentro de la localidad donde se ubica el domicilio del contribuyente?

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Soy auxiliar de contabilidad en un despacho de contadores públicos. Con frecuencia, por diversos servicios que se prestan a los clientes, el personal del despacho debe laborar grandes jornadas de trabajo, por
lo que dada la distancia en que se ubican sus hogares en relación con el lugar del trabajo y a que al día siguiente, en la mañana tienen que comenzar a laborar desde muy temprano, se les paga hospedaje en hoteles cercanos a los domicilios de los clientes. Al efecto, me he percatado que el despacho deduce estos gastos para el ISR; sin embargo, tengo duda si es correcto, pues es de mi conocimiento que el hospedaje no es deducible si se eroga dentro de una faja de 50 kilometros que circunde al establecimiento del contribuyente.

Lector de México, DF

" Pregunta

¿Se puede deducir para el ISR el pago del hospedaje a empleados dentro de la localidad donde se ubica el domicilio del contribuyente?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

El artículo 32, fracción V, primer párrafo, de la Ley del ISR, estipula lo siguiente (énfasis añadido):


32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Los viáticos o gastos de
viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen
al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente.
Las personas a favor de las cuales se realice la erogación, deben tener relación de trabajo con el contribuyente en los términos del Capítulo I del Título IV de esta Ley o deben estar prestando servicios profesionales.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A su vez, el artículo 29, fracción III, de la Ley del ISR señala lo siguiente:

29. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por último, el artículo 31, fracción
I, primer párrafo, de la Ley del ISR especifica lo siguiente (énfasis aña-dido):

31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que...

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