¿Es deducible para efectos del IETU el impuesto sobre nóminas causado en diciembre de 2007 y pagado en enero de 2008?
Práctica Fiscal › Núm. 495, Enero 2008
Enlazado como:
Práctica Fiscal › Núm. 495, Enero 2008
Enlazado como:Extracto
¿Es deducible para efectos del IETU el impuesto sobre nóminas causado en diciembre de 2007 y pagado en enero de 2008?
Soy auxiliar administrativo de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR. Como consecuenci...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
afirman que piloto buscó ruta alterna | Aviso REF 332561 | llaman a crear protocolos | Máquinas con rostro humano Los hombres están enseñando a los robots a pensar. ¿Cómo... | Camps refuerza a Barberá y debilita a Fabra en la nueva dirección | Dean Sellers, Inc., 311 (1969) | Michael A Zapara and Gina A Zapara 2006