Deducciones personales. Efectos indeseables en el IETU

Práctica FiscalNúm. 524, Noviembre 2008

Enlazado como:

Resumen


Generalidades. Efectos indeseables en el IETU. Conclusión.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Deducciones personales. Efectos indeseables en el IETU

Generalidades

De acuerdo con el artículo 176 de la Ley del ISR, las personas físicas residentes en el país que deseen calcular el impuesto anual, podrán efectuar, además de las deducciones autorizadas por esta ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

1. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente p...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía