Deducciones en el ISR y en el IETU. Aspectos que son poco conocidos o que generan confusión en el contribuyente

Práctica FiscalNúm. 586, Agosto 2010

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Resumen


Introducción - Ley del ISR - Ley del IETU - Conclusión

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Deducciones en el ISR y en el IETU. Aspectos que son poco conocidos o que generan confusión en el contribuyente

Introducción

En términos generales, las entidades económicas se crean con el propósito de generar utilidades; sin embargo, para lograr este fin, es indispensable llevar a cabo una serie de erogaciones que son necesarias para el desarrollo de las actividades. Dichas erogaciones pueden consistir en la realización de costos y gastos o, en su caso, en la inversión de bienes de activo fijo.

Consecuentemente, la diferencia entre los ingresos generados y los costos y gastos que le son relativos, constituye el resultado financiero de las operaciones de la entidad, es decir, una utilidad o una pérdida.

Por lo que se refiere a las personas morales del régimen general y, con el fin de dar cumplimiento a la obligación constitucional conforme a la cual todos los gobernados deben contribuir al gasto público, tanto de la Federación como de los estados y de los municipios, de la manera proporcional y equitativa que establecen las leyes, en la Ley del ISR y en la Ley del IETU se dispone un esquema de pago de los impuestos basado en el resultado fiscal de tales personas, el cual, no obstante, difiere en gran medida del resultado financiero de las mismas, dado que no se permite que se lleve a cabo la deducción de ciertas erogaciones que son veraces y necesarias para las actividades de la entidad, o porque las mismas no reúnen alguno de los requisitos que para tal efecto se estipulan en las citadas leyes.

En contrapartida, dichos contribuyentes pueden tener deducciones parcial o totalmente prohibidas, ya que en tales casos el legislador consideró que se hacía un uso indebido y exagerado de ellas para disminuir la base del ISR y, en su caso, del IETU.

En esta lógica, una persona moral del régimen general puede deducir sólo las partidas que expresamente estén permitidas por la ley, y siempre que se cumpla con todos los requisitos que la misma exige; sin embargo, en la práctica hay partidas que se da por hecho su deducción, aun cuando no se cumpla con todos los requi-

sitos que ello implica; y en otros casos, hay partidas que se consideran no deducibles, pero que al cumplir con ciertas condiciones pueden deducirse; por lo que conocer ...

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