De las deducciones

AutorArnulfo Sánchez Miranda
Páginas105-155

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Objetivo General

Que el alumno comprenda el marco conceptual de las deducciones, su clasificación y los pormenores de cada una de ellas, así como su incidencia en el resultado fiscal de las personas morales.

Objetivos Específicos

Al finalizar el estudio de este capítulo, el estudiante será capaz de:

A. Comprender el concepto de deducciones.

B. Detallar cuáles son las deducciones autorizadas.

C. Saber cuáles son los requisitos para que las deducciones sean efectivamente deducibles.

D. Identificar los conceptos que la LISR menciona como partidas no deducibles y comprender cuál es su incidencia en el resultado fiscal.

1. Definición y panorama general

Dentro de la LISR en el Título II, Capítulo II (De las deducciones), y específicamente en su Sección I (De las deducciones en general), está contemplado todo lo relativo a aquellos conceptos que las personas morales deben de considerar como erogaciones o deducciones que coadyuvan a la generación de los ingresos, que origina la utilidad para efectos del mencionado impuesto. En la citada ley no se define el término de las deducciones, por lo que se tiene que recurrir a otro tipo de fuente de información.

Según el Diccionario jurídico mexicano, al hablar de deducciones nos estamos refiriendo a los conceptos que el legislador considera que intervienen en detrimento de la riqueza objeto del ingreso obtenido por el contribuyente, de ahí su importancia, ya que son fundamentales para calcular el impuesto respectivo o en su caso una pérdida fiscal, además, como ya se comentó en su oportunidad, las deducciones forman parte importante para que las personas mora-

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les paguen el ISR de acuerdo con su capacidad contributiva, cumpliéndose con esto el principio de proporcionalidad que establece nuestra Constitución.

El artículo 25 y 26 de la LISR establece un listado de conceptos que en materia del ISR son deducibles, como ya se mencionó, al hablar de deducciones nos estamos refiriendo a los conceptos que intervienen en detrimento de la riqueza objeto del ingreso; para tales efectos debemos de considerar, además lo establecido en los artículos 27 y 28 de la LISR, que en términos generales se resumen en lo siguiente:

Sin olvidar que el rubro de las deducciones está en los artículos 25 al 30 de la LISR; el tema de la deducción de inversiones (artículos 31 al 38) se abordará en un siguiente apartado de esta obra, así como del costo de lo vendido (artículos 39 al 43) en otro.

A continuación se menciona un panorama de las deducciones, para empezar a familiarizarse con las mismas, los contenidos de cada artículo, para posteriormente estudiarlos de manera más detallada como se hizo para efectos de los ingresos, dando énfasis a los temas por su importancia.

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2. Deducciones autorizadas

De acuerdo con el citado artículo 25 de la LISR, las personas morales podrán efectuar las siguientes deducciones:

2.1. Las Devoluciones que se Reciban o los Descuentos o...

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