La declaratoria general de inconstitucionalidad en materia fiscal
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Autor | Sergio Arturo Camarena Lozano |
Cargo | Maestro en Derecho Constitucional y Amparo por la Universidad Iberoamericana León y Licenciado en Derecho |
Páginas | 1-24 |
EPIKEIA
Revista del Departamento de
Ciencias Sociales y Humanidades
La decLaratoria generaL de
inconstitucionaLidad en materia fiscaL
the generaL decLaration of
unconstitutionaLity in tax matters
Mtro. Sergio Arturo CAMArenA LozAno*
* Maestro en Derecho
Constitucional y Amparo
por la Universidad
Iberoamericana León y
Licenciado en Derecho.
Resumen
En el presente trabajo, se realiza un estudio acerca de la gura jurídica
denominada “Declaratoria General de Inconstitucionalidad”, sobre
sus alcances, benecios y excepciones, así como la razón por la que
no fue incluida en ella la materia scal.
Palabras clave: Derecho Constitucional, Constitución, Derechos
humanos, violación de derechos humanos, Derecho Público, Derecho
a la Justicia.
Abstract
In this work, a study regarding the legal concept called “General
declaration of unconstitutionality” is made, it´s scope, benets and
exceptions, as well as why tax matters were not included on it.
Key words: Constitutional law, Constitution, Human Rights, Human
Rights Violations, Public law, Right to justice.
Introducción
2
epikeia.leon.uia.mx
Revista del Departamento de Ciencias Sociales y Humanidades
Epikeia · UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA LEÓN
Este trabajo tiene como nalidad investigar acerca del principio de relatividad de las
sentencias de amparo y sobre la declaratoria general de inconstitucionalidad contenida
en la nueva Ley de Amparo del 2011, sus alcances, benecios, procedimiento y requisitos
establecidos en la propia ley para que pueda operar este mecanismo. Investigaremos en
qué casos aplica esta reforma y en cuáles no puede aplicarse este benecio. Veremos cómo
el Poder Legislativo excluye deliberadamente a la materia scal; indagaremos cuál es el
motivo y profundizaremos sobre los alcances que tiene esta decisión, si está justicada o,
en realidad, no tendría por qué el legislativo hacer distinción de las leyes scales del resto y
ser susceptibles de ser objeto de una declaratoria general de inconstitucionalidad.
La declaratoria general de inconstitucionalidad y la fórmula Otero
Antecedentes
Señalan Edmundo Elías Mussi y Luciano Silva Ramirez que el principio de relatividad de las
sentencias, conocido como fórmula Otero tiene que ver con los alcances de las sentencias
de amparo. Debido a dicho principio, la sentencia que otorga el amparo declarando
inconstitucional una ley, solo tiene efectos “relativos”, y benecia al gobernado que obtuvo
el fallo protector; sin embargo, la ley impugnada sigue vigente y es aplicable a todos los
demás ciudadanos.
Los mencionados autores han señalado que este principio tiene su origen en el Acta de
Reformas de 1847, inspiración de Mariano Otero, quien inuenciado por Bentham Tocqueville
y la legislación norteamericana, basada a su vez en la supremacía de la Constitución y la
revisión judicial, crea un sistema mixto de control de la constitucionalidad y lo plasma en
los artículos 22, 23 y 24, mismos que se transcriben a continuación1:
Art. 22. Toda ley de los Estados que ataque la Constitución o las leyes generales, será declarada
nula por el Congreso; pero esta declaración solo podrá ser iniciada en la Cámara de senadores.
Art. 23. Si dentro de un mes de publicada una ley del Congreso General, fuere reclamada como
anti-constitucional, o por el Presidente, de acuerdo con su ministerio, o por diez diputados, o
seis senadores, o tres legislaturas, la Suprema Corte, ante la que se hará el reclamo, someterá
1 Cfr. Edmundo Elías Mussi y Luciano Silva Ramirez, La Formula Otero y la Declaratoria General de Constitucionalidad en el Juicio
de Amparo Contra Normas, disponible en internet en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3066/4.pdf, consultado el 11/09/2014.
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