¿Qué tratamiento fiscal debe dársele a los intereses que percibe una persona física que tributa en el régimen intermedio y en el de arrendamiento, cuando derivan de una sola cuenta bancaria en la que se controlan los ingresos de ambos regímenes?

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Proporciono asesoría de tipo contable y fiscal. Hace unos días una persona física solicitó mis servicios para que regularizara su situación fiscal del ejercicio de 2003. Más de 90% de los ingresos totales de este contribuyente provienen de la realización de actividades empresariales; por esta razón tributa en el régimen intermedio. El resto de sus ingresos procede de la renta de uno de sus inmuebles, motivo por el cual también tributa en el régimen de arrendamiento. Como esta persona tiene posibilidad de llevar contabilidad simplificada por ambos tipos de ingresos, sólo posee una cuenta bancaria en donde los controla. Al revisar sus estados de cuenta bancarios, me percaté que la institución de crédito le pagó intereses; por ello, no sé si estos ingresos pueden considerarse afectos a su actividad empresarial o deben declararse como ingresos por intereses en términos del capítulo VI del título IV de la Ley del ISR.

Lectora de Xalatlaco, Edomex

Pregunta

¿Qué tratamiento fiscal debe dársele a los intereses que percibe una persona física que tributa en el régimen intermedio y en el de arrendamiento, cuando derivan de una sola cuenta bancaria en la que se controlan los ingresos de ambos regímenes?

Respuesta

Los artículos 120, fracción I, y 134, primer párrafo, de la Ley del ISR, establecen que las personas físicas que tributen en el régimen intermedio considerarán ingresos afectos a sus actividades empresariales los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas; asimismo, el artículo 121, fracción IX, del citado precepto legal indica que también se considerarán ingresos acumulables por la realización de actividades empresariales, los obtenidos por concepto de intereses cobrados, cuando los mismos deriven de tales actividades.

Por su parte, el artículo 141, fracción I, de la ley de la materia señala que las personas físicas que tributen en el régimen de arrendamiento, considerarán ingresos por...

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