El daño ambiental. Los mecanismos de protección

AutorBenjamín Revueltas Vaquero - Claudia Alejandra Verduzco Moreno
CargoDoctor en Política y Gobierno por la Universidad de Essex, Inglaterra - Maestra en Derecho, abogada postulante, alumna del Doctorado Interinstitucional en Derecho (DID)
Páginas24-47
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EL DAÑO AMBIENTAL. LOS MECANISMOS
DE PROTECCIÓN.
Benjamín Revuelta Vaquero1
Claudia Alejandra Verduzco Moreno2
Abstract
Environmental damage is unique in its kind. Unlike the civil-only damage governed
by Mexican law for many years, involving environmental damage-not just a public-collective
dimension but highly complex effects of par repair.
Regulation in Mexico has advanced in recent years. But there is still a scattering of
little use legal forms. The new Federal Law on Environmental Responsibility in Mexico in
mid-2013, provides for rate and review relevant aspects.
This article is an analysis of border check the issue of environmental damage as a
whole and brings to the table several issues that must be academic deepening and legislative
regulation.
Sumario:
I. La Complejidad del Daño Ambiental. II. El Daño Ambiental en la Legislación.
III. La Reparación del Daño. IV. La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. V.
Conclusiones. VI Bibliografía.
El objeto de este artículo es adentrarnos en las particularidades del daño ambiental.
Reflexionar sobre sus características y sus impactos, así como revisar los mecanismos exis-
tentes de reparación del daño. Este ejercicio incluye la visión desde la mas reciente nor-
matividad establecida en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental en México (LFRA).3
1 Doctor en Política y Gobierno por la Universidad de Essex, Inglaterra. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.
Profesor Investigador de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH. Miembro del Sistema Nacional de In-
vestigadores (SNI). Miembro del Núcleo Académico Básico del DID Doctorado Interinstitucional en Derecho de la Región
Centro-Occidente de la ANUIES. benreva@hotmail.com
2 Maestra en Derecho, abogada postulante, alumna del Doctorado Interinstitucional en Derecho (DID). clausverduzco@
hotmail.com
3 Publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 7 de junio del año 2013.
De Jure No. 11 • Tercera Época
Año 11 • Noviembre de 2013 • Pp. 24-47
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EL DAÑO AMBIENTAL. LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN
De Jure No. 11 • Tercera Época
Año 11 • Noviembre de 2013 • Pp. 24-47
Así, en este artículo analizaremos las figuras de protección del daño que tradicio-
nalmente existen en diversas sedes, para revisar sus características y las limitaciones de su
aplicación tratándose del ambiente. Cabe mencionar que figuras jurídicas como la repara-
ción del daño, la restauración, la compensación, las multas o la indemnización no tienen
mayor problema al ser contempladas en otras ramas del derecho. Sin embargo, tratándose
del medio ambiente -por su efecto colectivo- las figuras muestran una gran complejidad
y no logran su objetivo protector, por lo que el tratamiento específico del daño ambiental
era una necesidad apremiante, la cual afortunadamente ha sido abordada recientemente
por el legislador. No obstante, han quedado algunos asuntos que deberán ser objeto de
reconsideraciones y de una revisión más minuciosa, tanto en el plano académico, como en
el legislativo, tal y como lo habremos de señalar en este artículo.
I. La Complejidad del Daño Ambiental.
En un primer momento, vamos a comentar brevemente sobre la complejidad del daño
ambiental. La conceptualización, la reflexión y la experiencia nos muestran que en lo general
el daño ambiental es de muy difícil o de imposible reparación. Salvo los casos de contami-
nación visual o auditiva, en donde al retirarse o detenerse los elementos contaminantes cesa
el daño ambiental de inmediato y las cosas vuelven al estado original, en los demás casos el
asunto es extremadamente complejo. Veamos algunos ejemplos:
EJEMPLO 1. Si hablamos de contaminación del agua el tema de la reparación del
daño se torna muy complejo. Imaginemos una fábrica de pinturas que está arrojando sus
desechos en un río. Se causa una contaminación ambiental que afecta directamente a todos
los que viven río abajo. Puede afectar los usos humanos del agua o los sembradíos. Incluso,
seguramente afecta el suelo de esos sembradíos el cual puede guardar la contaminación por
varios años o décadas dependiendo de la cantidad de contaminantes y de tiempo que estuvo
recibiéndolos. Además, afecta la fauna y la flora que habitan ese río (de lo cual difícilmente
se tendría un inventario previo). Entonces, ya imaginamos la complejidad que se presenta
para intentar dimensionar el daño y posteriormente reparar el daño para sanear esa conta-
minación. Prácticamente es imposible reparar, es decir volver las cosas al estado original y
entonces nos tendremos que conformar con restaurar o compensar.4
EJEMPLO 2. En un segundo ejemplo, podríamos pensar en la contaminación del
suelo. En el caso de irrigación de agua contaminada que comentamos arriba o en otro
caso como el depósito o entierro de materiales contaminantes se pueden producir una
serie de afectaciones colaterales. Seguramente se afecta el hábitat y la propia vida de mu-
4 De acuerdo a las ideas y conceptualizaciones que vamos a manejar más adelante.

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